Alerta Laboral: Procedimiento administrativo de autorización previa a los adolescentes para que realicen trabajo por cuenta ajena o en relación de dependencia

REGULAN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE AUTORIZACIÓN PREVIA A LOS ADOLESCENTES PARA QUE REALICEN TRABAJO POR CUENTA AJENA O RELACIÓN DE DEPENDENCIA

Mediante Decreto Supremo N° 018-2020-TR, publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 25 de agosto de 2020, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha establecido el procedimiento administrativo de autorización previa a los y las adolescentes para que realicen trabajo por cuenta ajena o en relación de dependencia, con el siguiente detalle:

¿Cuál es el objeto del presente dispositivo?

  • Establecer un procedimiento administrativo de autorización previa a los y las adolescentes para que realicen trabajo por cuenta ajena o en relación de dependencia, y que cuenten con las edades mínimas de acceso al trabajo establecidas por el Código de los Niños y Adolescentes.
  • Prevenir la ocurrencia de situaciones de trabajo infantil y trabajo adolescente peligroso, que atentan contra su salud física, mental, emocional; y, en términos generales, contra su desarrollo integral.

¿En qué consiste el procedimiento de autorización?

  • Presentación física o electrónica de la solicitud ante la Dirección o Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.
  • Evaluación de la solicitud. Dirección o Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo tendrá 15 días hábiles.
  • La Dirección o Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo emite el acto administrativo que otorga la autorización con la debida motivación.
  • Si transcurren los 15 días hábiles sin que existe respuesta de la Dirección o Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo...

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