Arbitraje Internacional: La Clausula De Resolución De Controversias En Los Contratos Con Los Estados

Los contratos con los Estados, contienen clausulas de resolución de controversias, las cuales, determinarán el mecanismo elegido por las partes para dirimir cualquier controversia que derive del mismo. En la etapa de negociación, las partes ponen especial énfasis en las obligaciones sustanciales, en detrimento de la cláusula de resolución de controversias, la cual en la práctica, será aquella que defina quien juzgará el cumplimiento o incumplimiento de dichas obligaciones.

Como consecuencia de lo anterior, la cláusula es descuidada, y es muy común ver contratos en los cuales se copia una cláusula de un contrato anterior, o en el caso de los contratos Estatales, ésta es impuesta por el Estado, quien optará estratégicamente por un juez local o un arbitraje a domicilio. Una elección inapropiada o impuesta de una cláusula de esta naturaleza, podría romper el equilibrio económico del contrato y ocasionar incluso, que todas las cláusulas que han sido meticulosamente negociadas, no tengan ningún valor.

Lo primero que debe negociarse en la cláusula de resolución de controversias, es un "juez" imparcial. Generalmente, los contratos con los Estados, señalan a sus estrados judiciales como aquellos que deben conocer cualquier controversia inherente a los contratos que éste suscriba. Esta situación, representa una presión implícita para los jueces locales, que difícilmente emitirán un fallo en contra de su propio Estado. Se ha vuelto una práctica común, que los Estados alteren unilateralmente los contratos en merito a la promulgación de una ley nacional, y que los jueces locales llamados a conocer la controversia, se sienten obligados a fallar en razón a lo emanado por ley nacional y a la protección del orden público local. Como se puede evidenciar, una corte nacional no cumple con el requisito de imparcialidad, además, la burocratización que caracteriza a la justicia ordinaria, implicaría un proceso largo, tedioso y posiblemente en una lengua ajena a una de las partes. En la actualidad, el arbitraje se ha posicionado como el mecanismo predilecto para la resolución de controversias internacionales al ofrecer los beneficios de neutralidad, confidencialidad, celeridad y flexibilidad, largamente pregonados, por lo tanto, la inclusión de éste método debería ser la primera opción para garantizar un juzgamiento imparcial.

Una vez que se ha logrado introducir al arbitraje, se debe poner especial énfasis en la redacción y contenido de la clausula arbitral. En...

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