Avanza en el Congreso Nacional el proyecto de reforma de la Ley de Prevención de Lavado de Dinero y Financiación del Terrorismo

AuthorFrancisco Abeal
Date31 May 2011
Published date31 May 2011
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

En la sesión ordinaria del 4 de mayo de 2010, la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación le dio media sanción al proyecto de ley que tiene por objeto modificar la Ley N° 25.246 de Prevención de Lavado de Dinero y Financiación del Terrorismo (el “Proyecto de Ley”). Se espera que el Proyecto de Ley, que se encuentra en la agenda de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado para la consideración de un dictamen al respecto, reciba tratamiento en la sesión del Senado del 1 de junio de 2011. De esta manera se pretende que cuando el plenario del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) se reúna nuevamente en México a fines de junio de 2011, la Argentina haya sancionado una nueva Ley que cumpla con los estándares internacionales y las recomendaciones del GAFI, y evitar que dicho organismo intergubernamental le imponga al país una sanción.

Entre las principales modificaciones del texto del Proyecto de Ley se destacan las siguientes:

1. Incorporación de la figura del lavado de dinero como un delito autónomo

El Proyecto de Ley plantea quitar el delito de lavado de la figura actual de encubrimiento —tipificado hoy como un delito contra la administración pública— y darle plena autonomía tipificándolo como un delito contra el orden económico y financiero. En este sentido, el Proyecto de Ley sugiere dos modificaciones al tipo penal actual: (i) suprimir la exigencia de que para que se configure el lavado no se hubiera participado del delito previo y (ii) elevar de $50.000 a $300.000 la suma que constituye la condición objetiva de punibilidad del tipo penal. La eliminación del presupuesto negativo del tipo penal (no haber participado en el delito precedente) encuentra su fundamento en la exigencia global de reprimir el llamado “autolavado”; es decir, sancionar la conducta de introducir el activo ilícito en el sistema económico formal con independencia de la sanción relativa a su participación en el delito que lo origina.

2. Delitos previos

El Proyecto de ley sugiere la incorporación de la extorsión, los delitos previstos en la Ley N° 24.769 del Régimen Penal Tributario y la trata de personas, como delitos respecto de los cuales preferentemente tiene competencia la UIF en cuanto al análisis, tratamiento y transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir el delito de lavado de activos.

3. Se modifican las categorías de Sujetos Obligados

Se elimina expresamente a los exportadores, importadores y agentes de transporte aduaneros. Asimismo...

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