El Banco Central incluyó nuevas actividades dentro de los servicios complementarios de la actividad financiera

Date24 February 2017
Published date24 February 2017
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

El Banco Central de la República Argentina (el “Banco Central”) emitió la Comunicación “A” 6154 a través de la cual incorporó al concepto de “servicios complementarios de la actividad financiera” a los proveedores de servicios de pago (PSP), y a las empresas de desarrollo y provisión de servicios para la actividad financiera basados en tecnología.

Con el dictado de esta nueva normativa, el Banco Central continúa con su objetivo de incorporar los nuevos medios y actividades tecnológicas a la actividad financiera (ver Transferencias inmediatas de fondos a través de dispositivos móviles” en Marval News # 162, Nueva normativa en torno a la digitalización del sector financieroen Marval News # 165, y El Banco Central implementó un nuevo medio de pago: el Débito Inmediato” en Marval News # 168), y en esta ocasión ha incluido dos actividades centrales en el proceso de incorporación de las tecnologías en el sector financiero a la categoría de los servicios complementarios de tal actividad.

Específicamente, por proveedores de servicios de pago, la norma aclara que se refiere a aquellas personas jurídicas que prestan servicios relacionados con el procesamiento de transacciones de pagos y/o cobros mediante la utilización de distintos medios de pago, tales como tarjetas de débito, tarjetas de crédito, tarjetas prepagas, plataformas de pagos móviles (PPM) y otros medios...

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