El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de la República de Colombia expidió el Decreto No. 0170 de 2026, mediante el cual adoptó un arancel recíproco equivalente al 30% ad valorem aplicable a determinados productos importados desde la República del Ecuador, así como medidas de restricción al ingreso de mercancías provenientes y originarias de Ecuador por razones de seguridad nacional.
El artículo 1 del Decreto impone dicho arancel a 23 partidas arancelarias, desagregadas en 73 subpartidas específicas, detalladas expresamente en el texto normativo. Estas subpartidas comprenden productos agrícolas y agroindustriales, bienes del sector alimentario, ciertos manufacturados y otros bienes estratégicos identificados por el Gobierno colombiano.
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