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CORTE SUPREMA RECHAZÓ DESAFUERO MATERNAL POR VENCIMIENTO DEL PLAZO DEL CONTRATO

JurisdictionChile
Law FirmGarnham Abogados
Published date10 October 2018

La Corte señaló que el artículo 174 del Código del Trabajo otorga al juez la facultad de autorizar o no una solicitud de desafuero, por tanto, éste puede denegarla si es que la solicitud por parte del empleador no está debidamente argumentada.

Recientemente la Corte Suprema acogió un Recurso de Unificación de Jurisprudencia denegando la autorización al empleador para poner término al contrato de trabajo de una profesora quien, habiendo sido contratada a plazo fijo, quedó embarazada y estando vigente su fuero maternal, venció el plazo de su contrato de trabajo.

El artículo 174 del Código del Trabajo otorga al juez la facultad de autorizar o denegar la solicitud de desafuero, aún, en casos de aplicación de causales objetivas, como las del artículo 159 del Código, entre las que se encuentra el vencimiento del plazo convenido en el contrato. Es por esto que, los jueces del trabajo ponderarán las circunstancias particulares del caso y la normativa aplicable, así como los argumentos entregados por el empleador para obtener esta autorización.

Por lo anterior, el juez verificará no solo la correcta aplicación de la causal, sino que también efectuará un análisis de derechos fundamentales e, incluso, de tratados internacionales en pugna, para el caso de otorgar o denegar su autorización. En este caso, la Corte determinó que, pese a que se cumplían los presupuestos objetivos de la aplicación de la causal de término de contrato, el...

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