Costa Rica: Jurisprudencia Trade Dress – Marcas y Signos Distintivos

Published date25 November 2022
Law FirmConsortium Legal

Escrito por: Laura Hernández

Jurisprudencia Nacional

Tribunal Registral Administrativo

  1. Voto Café Britt-cafeterías 0061-2019

De la lectura de la definición se desprende una característica inherente a los signos y es la distintividad que viene a ser la aptitud necesaria para singularizar los productos o servicios protegidos de otros de la misma naturaleza que sean ofrecidos en el mercado por titulares diferentes.

La ley también ejemplifica los signos que pueden constituirse en una marca en su artículo 3:

Artículo 3°. -Signos que pueden constituir una marca. Las marcas se refieren, en especial, a cualquier signo o combinación de signos capaz de distinguir los bienes o servicios; especialmente las palabras o los conjuntos de palabras -incluidos los nombres de personas-, las letras, los números, los elementos figurativos, las cifras, los monogramas, los retratos, las etiquetas, los escudos, los estampados, las viñetas, las orlas, las líneas o franjas, las combinaciones y disposiciones de colores, así como los sonidos. Asimismo, pueden consistir en la forma, la presentación o el acondicionamiento de los productos, sus envases o envolturas o de los medios o locales de expendio de los productos o servicios correspondientes. (Así reformado por la Ley 8632)

La anterior lista indica que las marcas pueden consistir en la presentación o el acondicionamiento de los locales de expendio de los servicios, lo que viene a ser en otras palabras los locales comerciales donde se brindan los servicios, que para el caso de estudio sería lo pretendido por la empresa CAFÉ & CHOCOLATES BRITT, S.A., ya que de la solicitud se desprende con claridad que lo que requiere o solicita es “el diseño especial de restaurante”

Esta categoría es conocida como trade dress o imagen comercial, figura asociada a las marcas tridimensionales y que el Tribunal de Justicia de la Unión Europa define como:

“…la representación de la disposición de un espacio de venta de productos por medio de un simple dibujo en el que no figuran indicaciones sobre el tamaño o las proporciones puede registrarse como marca para servicios consistentes en prestaciones relativas a dichos productos pero que no formen parte integrante de la comercialización de éstos, siempre que dicha representación sea apropiada para distinguir los servicios del autor de la solicitud de registro de los de otras empresas (…)”. http://www.eljurista.eu/2014/11/05/la-proteccion-legal-de-la-imagen-comercial-o-trade-dress-de-la-empresa/

La jurisprudencia mexicana define la figura del trade dress como:

“Una derivación del derecho de propiedad industrial entendida como la pluralidad de elementos que, como consecuencia de su combinación, permite distinguir productos o servicios, representando una ventaja competitiva en virtud de la identificación generada. https://www.mipatente.com/la-proteccion-de-la-imagen-comercial-o-trade-dress-en-mexico/ Así, para su registro se deben aplicar las reglas formales que permitan identificar esa pluralidad de elementos, de aquellos que cumplen la misma función y son utilizados de igual manera. Por ende, para solventar las prohibiciones absolutas, entonces, se debe realizar un análisis de acuerdo a lo establecido en el artículo 7, incisos a) y b), de la Ley 7978, cuyos postulados prohíben el registro de formas carentes de aptitud distintiva o que cumplan una función técnica en el objeto.”

Al encontrarse regulada la figura del “trade dress (imagen comercial)”, en el artículo 3 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, ésta podrá inscribirse siempre y cuando no se incluya dentro de las prohibiciones de inadmisibilidad del artículo 7 del mismo cuerpo normativo.

En el caso particular, el Registro de Propiedad Industrial fundamenta su rechazo en el inciso g) del citado artículo 7, al determinar que el signo pretendido carece de distintividad, sin analizar el inciso a), que a criterio de este Tribunal puede ser perfectamente aplicable en la calificación de los requisitos de fondo para marcas que lo que quieren ligar a un servicio es su...

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