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¿Cómo deben acreditar residencia las personas residentes en países con los que Chile ha suscrito convenios de doble tributación?

JurisdictionChile
Law FirmGarnham Abogados
Published date05 March 2019

El pasado 30 de enero, el Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó la Resolución N°11 que imparte instrucciones relativas a la forma de acreditar la residencia de inversionistas extranjeros que residan en países con los que Chile mantenga un convenio para evitar la doble tributación (CDT) y que perciban rentas, dividendos o utilidades de empresas chilenas acogidas al régimen semi integrado, consagrado en el artículo 14 B de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).

Las instrucciones contenidas en esta Resolución son de gran importancia para aquellas empresas chilenas acogidas al régimen semi integrado, cuyos accionistas o socios sean inversionistas extranjeros con residencia en países con los que Chile mantenga un CDT. Esto porque la ley excepcionalmente les permite utilizar el 100% del crédito por impuesto de primera categoría contra el impuesto...

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