Guatemala: Acuerdo Gubernativo 9-2023: Reglamento de inscripción en el régimen de seguridad social

Law FirmConsortium Legal
Published date20 January 2023

El Acuerdo en cuestión publicado el 16 de enero del 2023, deroga el Acuerdo 1123 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, que regulaba el registro de patronos.

Como consecuencia de esa derogatoria a partir del 16 de enero del 2023, desaparece la exención de que gozaban los salarios pagados a representantes legales inscritos en el IGSS y que a su vez fueran accionistas de sociedades mercantiles.

El nuevo Reglamento de Inscripción en el Régimen de Seguridad Social, crea el Registro Único de Seguridad Social y establece la obligatoriedad de inscripción para todo patrono y trabajador. Es decir, la inscripción es obligatoria por la sola condición de ser patrono (con anterioridad existía obligación de registro a partir de 3 trabajadores), lo anterior salvo excepción contenida en otros reglamentos emitidos por el seguro social.

Para el sector de la construcción el reglamento establece que tendrá calidad de patrono el propietario de la construcción cuando no exista contrato de construcción. El contratista tendrá calidad de Patrono siempre que exista un contrato escrito.

Cuando el patrono no esté inscrito el IGSS podrá realizar la inscripción de oficio y se entenderá que los salarios pagados a los trabajadores han sido del 35% del valor total de la obra.

En el sector agrícola, se define que tiene calidad de patrono el arrendatario de una explotación agrícola por el plazo del arrendamiento.

Por último, los patronos deben registrarse dentro de los 30 días siguientes a la vigencia del acuerdo. El acuerdo tomó vigencia el día 16 de enero. Los...

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