Guatemala: Aspectos por considerar previo a establecer una estrategia fiscal

Published date30 September 2021
AuthorDavid Erales
Law FirmConsortium Legal

El pago de los impuestos es algo tan común como respirar o comer ¿Por qué?

Porque la gran mayoría de actos y aspectos de nuestras vidas se encuentran gravados con algún impuesto, incluso la muerte (impuesto de herencias, legados y donaciones). Casi cualquier cosa que compremos o servicio que recibamos, están gravados con algún impuesto (el más común IVA), nuestro salario o ingresos, según sea el caso, están sujetos al pago de impuestos (ISR), si tenemos una casa esta paga impuestos (IUSI), alquilar una casa, comprar un carro, ahorrar dinero, todo ello siempre apareja a su vez pago de impuestos.

Debido a lo anterior, no resulta raro que, en algún momento, se desee aprovechar al máximo la posibilidad de planificar el pago de los impuestos mediante una estrategia fiscal que tienda a reducir, legalmente, el pago de uno o determinados impuestos.

Para lo anterior y evitar incurrir en posibles contingencias, incluso de índole penal, resulta recomendable asesorarse legal y contablemente, previo a realizar cualquier acto o estrategia de planeación fiscal. Mundialmente y, Guatemala no es la excepción, hoy más que nunca se han criticado, e incluso perseguido penalmente, determinadas estructuras que se presume causan detrimento al fisco por constituir estrategias fiscales agresivas, en virtud de las cuales se, dejan de pagar los impuestos que corresponden a través de una serie de actos que riñen con la ley y que se encuentran tipificados como parte de un delito, la defraudación tributaria en sus diversas formas.

Para evitar incurrir en ese tipo de actos perseguidos por la ley, primero que nada, al momento de analizar la planificación o estrategia fiscal, se debe establecer que no se trata de un acto prohibido. Es de recordar que, precisamente, la planificación fiscal es una estrategia que se enmarca en la ley, por lo que, todo aquello que se aleje de la misma no será una planificación ni estrategia, sino una defraudación.

Es preciso advertir que planificar el pago de nuestros impuestos no es ilegal. La propia Constitución Política de la República de Guatemala, en su artículo 135, inciso d), nos impone la obligación como ciudadanos de pagar los impuestos, pero dice dicha norma, de conformidad con la ley. Por lo tanto, siempre y cuando se cumpla con la ley, puedo estructurar el pago de los impuestos de mejor manera, para optimizar los recursos.

Un ejemplo tan sencillo de planificación...

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