Honduras: ¿Cuáles son los libros que debe llevar una sociedad?

Published date18 April 2022
AuthorSusan Perdomo
Law FirmConsortium Legal

Una pregunta muy frecuente al constituir una sociedad es ¿Cuáles son los libros que debe llevar una sociedad? Para desarrollar esta inquietud, nos referiremos a la sociedad Anónima, por ser esta la sociedad que se constituye con mayor frecuencia, aunque aplica a otras personas jurídicas, salvo excepciones, a lo cual se hará referencia más adelante.

Conforme la norma mercantil los libros que obligatoriamente deben llevar las sociedades anónimas son: I. Libros sociales: a. Libro de Registro de Accionistas: b. Libro de Actas de Asambleas de Accionistas; c. Libro Actas del Consejo de Administración; d. Libro de aumento y disminución de capital; y II Libros contables: a) Libro Diario, b) Libro Mayor; y c) Libro de Balances, y los demás que sean necesarios para exigencias objetivas o de leyes especiales.

En este articulo desarrollaremos los aspectos más relevantes que debemos conocer sobre los libros sociales, a través de los cuales se conservan los actos jurídicos y comerciales que la sociedad como tal autoriza, tales como venta o cesión de acciones, cambio de accionistas, aumento o disminución de capital, transformación de la sociedad, de esta manera los libros sociales permiten conocer de manera escrita la vida de la sociedad.

Los requisitos generales de todo libro social son:

  1. Existencia física
  2. Numerado correlativamente y ordenado de forma cronológica
  3. Autorizados

Existencia Física: El Código de Comercio exigía que los libros debían estar empastados, por lo que es muy común que a la fecha en las empresas encontremos libros sociales con dicha característica, sin embargo, en la actualidad, nuestro Código de Comercio y la Ley de Normas de Contabilidad y de Auditoria ( LNCA) ha simplificado la formalidad de dichos libros al indicar que los mismos pueden ser llevados inclusive en “Hojas sueltas”, lo que permite flexibilidad a favor de las personas jurídicas en el sentido de mantener la existencia de libros empastados, o simples hojas sueltas. El sentido del legislador ha sido que en lugar de manuscritos pueda utilizarse medios tecnológicos de impresión y con ello obviar la antigua obligación del secretario de la sociedad de plasmar a mano las asambleas, actas o registro de accionistas. Importante considerar que sea manuscrito o impreso, el requisito indispensable es que deben existir físicamente [i]

Numeración correlativa y ordenadas cronológicamente Las “hojas sueltas” o libros deben ser debidamente enumerados y consignados de...

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