La imprescriptibilidad de los delitos de corrupción

Date02 November 2018
Published date02 November 2018
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

Recientemente, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocó la resolución que declaró la prescripción de la acción en una causa por sobreprecios en un proceso de contratación estatal y ordenó al Tribunal Oral que, de forma inminente, procediera a realizar el juicio.

En el caso que se inició en 1998, se investiga el pago de, aproximadamente, 120 millones de dólares/pesos en concepto de sobreprecios por parte del Estado Nacional durante el proceso de creación de los sistemas informáticos destinados a la recaudación, en el que se encuentran acusados ejecutivos de una reconocida empresa multinacional de tecnología y exfuncionarios del Gobierno argentino.

En mayo de 2016, el Tribunal Oral Federal N° 3 de Capital Federal declaró extinta la acción por prescripción, en virtud del paso del tiempo, al entender que el caso se encontraba alcanzado por la garantía de plazo razonable. Por lo tanto, sobreseyó a los imputados en la causa.

La resolución fue recurrida por el Ministerio Público Fiscal y la Oficina Anticorrupción ─presentada como parte querellante─ ante la Cámara de Casación Federal, cuyo pronunciamiento revocó la sentencia de primera instancia. Al resolver en este sentido, la Sala IV de Casación, en dos votos diferentes, sostuvo que:

  1. La fijación de audiencia del juicio oral interrumpe el curso de la prescripción (voto del juez Hornos).

  1. Los delitos en los que intervienen funcionarios públicos resultan imprescriptibles (voto del juez Gemignani).

Finalmente, ante el recurso, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) anuló el decisorio por falta de mayoría suficiente de fundamentos entre los votos y ordenó que se dictara un nuevo pronunciamiento.

En esta oportunidad, el juez Gemignani...

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