Informe de la administración concursal y presentación de textos definitivos
Author | Blanca Torrubia Chalmeta |
Profession | Profesora Agregada de Derecho Mercantil de la UOC |
Atención: este documento cita el art. 7,35,86,293,294,296,297 de Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo) que ha sido modificado por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia). (A partir de 26 septiembre de 2022). Este documento está siendo revisado para determinar si es necesario actualizar su contenido
Atención: este documento cita el art. 75,289,295,301,303,305,306,307 de Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo) que ha sido modificado por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia). (A partir de 26 septiembre de 2022). Este documento está siendo revisado para determinar si es necesario actualizar su contenido
Atención: este documento cita el art. 508 de Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo) que ha sido modificado por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia). (A partir de 26 septiembre de 2022). Este documento está siendo revisado para determinar si es necesario actualizar su contenido
Atención: este documento cita el art. 705,706,707,708,709,710,711,712,713,714,715,716,717,718,719,720 de Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo) que ha sido modificado por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia). (A partir de 01 enero de 2023). Este documento está siendo revisado para determinar si es necesario actualizar su contenido
El informe de la administración concursal es un documento clave en el desarrollo del concurso. Su finalidad es ofrecer al juez y a los acreedores la información más completa y exacta de la situación patrimonial del deudor en el momento del concurso y de las razones que le han conducido a ella. Esta situación patrimonial reflejada por el informe determina la adopción de la solución del concurso: convenio o liquidación.
Analizamos a continuación las secciones del proceso concursal y el informe de la administración concursal.
Contenido
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El proceso concursal se divide en seis secciones que atienden a la finalidad o funcionalidad de que se trate. Así:
- la sección primera comprende lo relativo a la declaración de concurso , a las medidas cautelares, a la resolución final de la fase común, a la conclusión y, en su caso, a la reapertura del concurso,
- la sección segunda comprende lo referente a la administración concursal, al nombramiento y estatuto de los administradores concursales, a la determinación y ejercicio de sus facultades, a la rendición de cuentas y, en su caso, a la responsabilidad de los administradores concursales. En esta sección se incluye el informe de la administración concursal con los documentos que se acompañen y, en su caso, los textos definitivos,
- la sección tercera incluye la determinación de la masa activa, las autorizaciones para la enajenación de bienes y derechos de la masa activa, la sustanciación, decisión y ejecución de las acciones de reintegración y de reducción y los créditos contra la masa,
- la sección cuarta incluye la determinación de la masa pasiva, la comunicación, reconocimiento, graduación y clasificación de los créditos concursales y pago de los acreedores. Y, en pieza separada, los juicios declarativos que se hubieran acumulado al concurso y las ejecuciones que se inicien o se reanuden contra el concursado,
- la sección quinta comprende lo relativo al convenio, sea anticipado o de tramitación ordinaria, y a la liquidación, y
- la sección sexta incluye lo relativo a la calificación del concurso y a sus efectos.
Las actuaciones de cada una de estas secciones se ordenan en cuantas piezas separadas sean necesarias o convenientes ( art. 508 TRLC )
En el proceso ordinario las secciones se desarrollan de manera sucesiva, sin embargo, en el procedimiento abreviado con frecuencia se superponen las fases común y de liquidación. Así, en el concurso consecutivo se superponen las fases común y de liquidación, al menos parcialmente. La fase común se considera completada con la fase de tramitación extraprocesal y termina con la emisión del informe de la administración concursal. En este sentido, con ánimo aclaratorio y obiter dicta, el Auto núm. 29/2019 de 7 febrero de la Audiencia Provincial de Navarra [j 1] señala:
“entendemos que en el concurso consecutivo instado por el mediador concursal interesando la liquidación sí cabe reconocer la existencia de una peculiar fase común que se solapa con la fase de liquidación; tal fase común engloba especialmente todas las tareas de conformación de la masa activa y pasiva tras la presentación del informe del art. 75 LC con la lista de acreedores e inventario de bienes y derechos, su comunicación prevista en el art. 95 LC y eventual fase de impugnaciones conforme a lo regulado en el art. 191.4 LC al que remite el art. 242.2 LC en su primer inciso”.
El informe de la administración concursal es un documento clave en el desarrollo del concurso. Su finalidad es ofrecer al juez y a los acreedores la información más completa y exacta de la situación patrimonial del deudor en el momento del concurso y de las razones que le han conducido a ella. Esta situación patrimonial reflejada por el informe determina la adopción de la solución del concurso: convenio o liquidación.
Regulación del informe de la administración concursal en el TRLC. Obligación de presentarlo para el mediador concursal en el concurso consecutivoEl informe de la administración concursal se regula en el título VI del libro primero - dedicado al concurso de acreedores- del TRLC . Este título se divide en dos capítulos: el capítulo I (Del informe de la administración concursal), que se integra por dos secciones: la sección 1ª (De las comunicaciones electrónicas anteriores a la presentación del informe) - artículo 289 - y la Sección 2ª (Del informe de la administración concursal) - artículos 290 a 296, y el capítulo II (De la impugnación del inventario y de la lista de acreedores), que comprende los artículos 297 a 302 .
Pero además, dentro del libro II, dedicado al derecho preconcursal, el título cuarto, que se ocupa de las especialidades del concurso consecutivo, recoge en el Capítulo IV (...
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