Jueces de la Corte Suprema Federal llaman al Congreso a sancionar una ley que garantice el acceso a la información pública

Published date30 April 2014
AuthorEnrique V. Veramendi,María Lorena Schiariti
Date30 April 2014
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

El 26 de marzo de 2014 la Corte Suprema de Justicia de la Nación (la “Corte Suprema”) hizo lugar por unanimidad a la acción de amparo promovida por el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (el “CIPPEC”) contra el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación con el objeto de obtener información sobre determinados programas ejecutados por esa repartición.
En la sentencia, tres de los ministros que integran la Corte Suprema señalaron “la imperiosa necesidad de contar con una ley nacional que regule esta trascendente materia”. Actualmente, en el orden federal sólo existe el Reglamento del Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional, aprobado como Anexo VII del Decreto N° 1172/2003 (el “Decreto 1172”).

1. El caso “CIPPEC”
Ante la denegatoria de un pedido formulado en los términos del Decreto 1172, el CIPPEC inició una acción de amparo contra el Ministerio de Desarrollo Social, con el objeto de obtener información sobre el modo en que esa dependencia ejecutaba el presupuesto público asignado a determinados programas de ayuda social.
En particular, el CIPPEC solicitó conocer en detalle la ayuda social brindada a personas físicas y jurídicas, los padrones de las personas beneficiarias, las transferencias tramitadas y los subsidios otorgados durante 2006 y 2007.
En Primera Instancia, la acción de amparo fue rechazada. Luego, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la decisión de Primera Instancia, hizo lugar a la demanda y, en consecuencia, ordenó al Ministerio de Desarrollo Social brindar la información solicitada.
Contra esa decisión el Estado Nacional presentó recurso extraordinario, lo que permitió que la causa llegase a conocimiento de la Corte Suprema.

2. El fallo de la Corte Suprema – La exhortación al Congreso para legislar en la materia
La Corte Suprema, en un fallo unánime, rechazó los planteos del Estado Nacional y confirmó la sentencia de la Cámara de Apelaciones.
El pronunciamiento de la Corte Suprema estuvo conformado por un voto principal, firmado por los ministros Lorenzetti, Fayt y Maqueda, y por sendos votos concurrentes de los ministros Petracchi y Argibay, y de Highton de Nolasco. El ministro Zaffaroni no votó.
En el voto principal, luego de hacerse referencia a las posiciones divergentes adoptadas en el caso por diversos órganos administrativos respecto del alcance que corresponde asignar al derecho de acceder a la...

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