La Ley de Gestión Integral de Residuos Industriales y de Actividades de Servicios

AuthorFrancisco A. Macías
Date30 August 2002
Published date30 August 2002
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

La reforma constitucional de 1994 modificó sustancialmente la distribución de competencias en materia ambiental entre la Nación y las Provincias al renunciar estas últimas a la competencia exclusiva que tenían para legislar sobre la materia ambiental y ceder parte ella a la Nación. En virtud de esta reforma se facultó a la Nación a dictar las normas de presupuestos mínimos de protección ambiental y a las provincias las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales .

El Gobierno Nacional se encuentra facultado para definir los umbrales básicos de protección ambiental, mientras que las provincias sólo podrán dictar aquellas normas complementarias tendientes a regular las necesidades específicas de cada región.

En uso de esas facultades el 25 de julio de 2002, el Poder Ejecutivo Nacional promulgó parcialmente la Ley Nº 25.612 de "Gestión Integral de Residuos Industriales y de Actividades de Servicios" (la "Ley de Gestión Integral"). Esta promulgación parcial observó: a) el artículo que deroga el régimen contenido por la Ley Nº 24.051 de Residuos Peligrosos (la "Ley de Residuos Peligrosos") y toda norma o disposición que se oponga a la misma ; y b) los artículos referentes a la responsabilidad penal .

1. Los residuos industriales

La Ley de Gestión Integral uniforma en un mismo régimen, la gestión integral de residuos generados en los procesos industriales, sin hacer distinción entre los "residuos industriales peligrosos" y los residuos que no reúnen características de peligrosidad.

A tales efectos establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral (generación, manejo, almacenamiento, transporte y tratamiento o disposición final) de residuos de origen industrial y de actividades de servicios generados en todo el territorio nacional.

El nuevo régimen es de aplicación respecto de los 'residuos industriales' que incluyen tanto los provenientes de actividades de servicio como los resultantes de procesos industriales . Mientras que los residuos industriales comprenden, entre otros, los 'residuos peligrosos', no incluyen los residuos biopatogénicos, domiciliarios, radioactivos y los derivados de operaciones normales de buques y aeronaves .

La Ley de Gestión Integral define como 'residuo industrial' a cualquier elemento, sustancia u objeto en estado sólido, líquido o gaseoso cuyo poseedor, productor o generador no pueda utilizarlo, se desprenda o tenga la obligación legal de hacerlo y que sea obtenido como resultado de un proceso industrial, por la realización de una actividad de servicio, o por estar relacionado, directa o indirectamente, con esa actividad, incluyendo eventuales emergencias o accidentes .

2. Control y fiscalización

La Ley de Gestión Integral pone en cabeza de las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el control y fiscalización de la gestión integral de los residuos industriales; la identificación de los generadores, la caracterización de los residuos que producen y su clasificación en al menos tres categorías según sus niveles de riesgo . Asimismo, pone a cargo de esas autoridades los registros en los que deberán inscribirse las personas responsables de la generación, manejo, transporte...

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