Media sanción a nueva Ley sobre presupuestos mínimos para la protección de glaciares

Published date01 August 2010
AuthorLeonardo G. Rodríguez,Francisco A. Macías
Date01 August 2010
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

En el año 2008 fue dictada la ley 26.418 sobre los presupuestos mínimos para la protección de glaciares. Dicha ley prohibía que en los hielos y en su entorno (zona glaciar y peri-glaciar) se realizaran actividades que pudieran afectar su condición natural o que implicaran su destrucción o traslado, o interfirieran en su avance. Así, prohibió la exploración y explotación minera en esas áreas. Esta ley fue objeto de críticas, la mayoría de ellas centrada s en la prohibición de realizar actividades mineras o petrolíferas en la zona peri-glaciar. El término “peri” es un prefijo de origen griego que significa “alrededor de” [REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, palabra: ‘peri’, disponible en: http://www.rae.es], sin dar nociones sobre distancias por lo que la redacción de la ley daba lugar a la prohibición de actividades que, si bien no afectan ni conforman ningún glaciar, estaban situadas en suelos que por su altitud, latitud y condiciones climáticas, en determinados períodos del año simplemente se congelan. En atención a la vaguedad de la definición de qué debía entenderse por zona peri-glaciar, el Poder Ejecutivo vetó la citada ley a través del Decreto 1837/08 (10/11/2008). Los fundamentos del veto presidencial fueron los siguientes: (a) el establecimiento de presupuestos mínimos debe limitarse a fijar parámetros mínimos que las provincias deben asegurar, pudiendo éstas establecer parámetros aun más rígidos;
(b) la prohibición de actividades podría afectar el desarrollo económico de las provincias involucradas; y (c) en virtud de que la Ley 25.675 (Ley General de Medio Ambiente) prevé el sistema de evaluación de impacto ambiental previo a la autorización de toda obra o actividad susceptible de degradar el ambiente, la prohibición resulta excesiva, no pudiendo constituir válidamente parte de un presupuesto mínimo ambiental.

El 21/10/2009 el Senado de la Nación fue aprobado un nuevo texto de ley sobre protección de glaciares cuyo contenido puede resumirse en los siguientes puntos: (a) El ámbito de protección de la ley se extiende al “ambiente glacial, a los glaciares descubiertos y cubiertos, y dentro del ambiente periglacial, a los glaciares de escombros” y aquellos cuerpos que constituyen reservas estratégicas de recursos hídricos (para consumo o uso industrial o agropecuario; para la recarga de cuencas hidrográficas o la generación de energía hidroeléctrica), como fuente de información científica o como atractivo turístico (artículo 2). (b) La ley define a: (i) los...

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