Nicaragua: Directrices generales sobre los reclamos de indemnizaciones por daños y perjuicios derivados de responsabilidad civil extracontractual o contractual en Nicaragua

Published date27 April 2021
AuthorSergio Escobar
Law FirmConsortium Legal

La experiencia adquirida a través de las interacciones humanas ordinarias o con connotación económica, ha contribuido históricamente a perfeccionar las directrices legales para salvaguardar el patrimonio de las personas y los distintos agentes de comercio, en particular a permitido cincelar el contenido y alcance del deber legal de no causar daño a otro “alterum non laedere” que se encuentra incorporado en la legislación nicaragüense.

En la vida económica de una persona o en la dinámica de las relaciones comerciales de las empresas, es usual que se realicen preguntas a los abogados, tales como:

¿Qué puedo hacer cuando se me incumple un contrato?;

¿Qué hacer cuando alguien me causó un deterioro en mi patrimonio?;

¿Qué hacer cuando por culpa de alguien he dejado de recibir una ganancia que era legitima a percibir?;

En dicho contexto, la respuesta connatural y categórica de los abogados suele ser: ¡Podemos demandar por daños y perjuicios!, dicha respuesta a priori puede ser acertada, pero ello no implica que se vaya a obtener el resultado esperado, por algunas razones que veremos en este breve artículo.

Adentrándonos en el tema, podemos expresar que las reclamaciones de indemnizaciones por daños y perjuicios pueden encausarse en dos grandes supuestos legales: a) Reclamos derivados de responsabilidad contractual (artículo 1860 del Código Civil), que en palabras sencillas se refiere a la inobservancia de obligaciones contractuales que en general dan lugar a la posibilidad de reclamar una indemnización por el menoscabo en el patrimonio y b) Reclamos de indemnizaciones con fundamento en responsabilidad civil extracontractual (artículo 2509 del Código Civil), que no es más que una violación al deber general de no causar daño a otro (aunque no exista contrato). El objeto de poder formular estos reclamos, es que exista una herramienta legal que permita restablecer el daño en el patrimonio de la víctima y ponerlo en la misma situación patrimonial en que se encontraría, si no se hubiera producido el acontecimiento que obliga a la indemnización.

En nuestra experiencia la principal causa que conduce a la falta de éxito de los reclamos de indemnizaciones por daños y perjuicios, tiene en gran medida su fundamento en que no se logre presentar a la autoridad competente todos los elementos fácticos o probatorios que se requieren para demostrar la concurrencia de los presupuestos necesarios para...

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