Norma técnica para la contratación preferente de residentes de de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica

Published date06 April 2022
Law FirmSempertegui Abogados

El Ministerio de Trabajo, mediante acuerdo MDT-2021-220, expidió la norma técnica para la aplicación del principio de empleo preferente, establecido en la Ley Orgánica para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica.

Obligatoriedad

Esta norma es de aplicación obligatoria en todas las instituciones públicas o privadas, que realicen actividades económicas en el ámbito territorial de las provincias amazónicas de: Morona Santiago, Napo, Orellana, Pastaza, Sucumbíos, Zamora Chinchipe. Esta obligación aplica a personas naturales o jurídicas; a empresas privadas, mixtas o comunitarias; con capitales nacionales o extranjeros.

Los empleadores contratarán a residentes de las provincias amazónicas en no menos del 70%, ya sea bajo el régimen del Código del Trabajo o de la Ley Orgánica de Servicio Público, para ejecución de actividades dentro de la circunscripción. Se exime a aquellas actividades para las que no exista la mano de obra calificada requerida, de conformidad a lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Amazónica.

Aplicación

El residente amazónico podrá aplicar a todos los beneficios de empleo preferente e inclusión, siempre que acredite una de las siguientes circunstancias:

  • Haber nacido dentro de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica. Quienes cumplan con este requisito deberán presentar la cédula de identidad o ciudadanía.
  • Estar empadronado en los tres últimos procesos electorales en la Circunscripción Territorial Especial Amazónica. En este caso se deberá presentar las papeletas de votación o la certificación del Consejo Nacional Electoral – CNE.
  • Ser residente en la Circunscripción Territorial Amazónica, para lo cual se deberá cumplir con al menos DOS de los siguientes requisitos
    • Certificado de trabajo (emitido por una entidad empleadora con establecimiento en la Circunscripción Territorial Especial Amazónica) e historial laboral (proporcionado por el IESS o el SUT). En el historial laboral debe constar haber prestado un servicio por lo menos los últimos seis (6) años ininterrumpidos, dentro de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica.
    • Contrato o contratos de arrendamiento notariados, desde el inicio de su otorgamiento. Estos deben demostrar su permanencia ininterrumpida dentro de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, por un mínimo de seis (6) años antes de la fecha de suscripción del contrato de...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT