Una nueva cláusula de moneda extranjera para los planes de seguro

Published date01 December 2020
Date01 December 2020
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

El pasado 5 de noviembre de 2020, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), dictó la Resolución N° 401 con el objetivo de proporcionar mayor seguridad jurídica a los asegurados, al contratar coberturas en una moneda distinta a la de curso legal.

La Resolución aprueba tres modelos de cláusulas alternativas que prevén diferentes modalidades de pago, a opción de las aseguradoras: (1) pago exclusivo en moneda extranjera, con la posibilidad de convertir a pesos solo ante prohibición o restricción de acceso al mercado de cambios, (2) pago en moneda extranjera, con opción del asegurado/tomador o asegurador de pactar cancelación en moneda de curso legal, y (3) contratación en moneda extranjera y pago en moneda de curso legal en todos los casos.

En el escenario actual, en virtud de las restricciones cambiarias vigentes para la adquisición de moneda extranjera, en los tres casos previstos en la Resolución, resultaría aplicable el pago en moneda de curso legal. Aunque se establece la aplicación del tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina, las partes podrán pactar en las condiciones particulares el tipo de cotización a emplear (mayorista o minorista).

En las tres cláusulas se indica que, por las variaciones del tipo de cambio entre la fecha de facturación y la fecha efectiva de recepción de los fondos por parte del asegurador, podrá generarse una nota de crédito o nota de débito contemplando...

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