Nuevas modificaciones al régimen legal de concursos y quiebras

Date28 June 2002
AuthorGonzalo J. Fontana
Published date28 June 2002
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

Las principales modificaciones incorporadas por la Ley Nº 25.589 son las siguientes:

  • Redujo la extensión del periodo de exclusividad que había sido establecido por la Ley Nº 25.564 para los concursos en trámite en los que aún no se hubiere establecido ese plazo y para los nuevos concursos.

  • Derogó la norma de la Ley Nº 25.563 que extendía los efectos del acuerdo preventivo a los fiadores (quitas y o esperas otorgadas al concursado).

  • Limitó al 30 de junio de 2002 la prórroga para el cumplimiento de los acuerdos preventivos que había sido establecida por la Ley Nº 25.563.

  • Revocó la suspensión obligatoria por 180 días fijada por la Ley Nº 25.563 para el ejercicio de los siguientes actos:

    (i) Las ejecuciones de créditos con garantía real de personas concursadas;
    (ii) El inicio o continuación del trámite de pedidos de quiebra;
    (iii) Las ejecuciones de créditos con o sin garantía, con excepción de los casos establecidos por esa misma ley;
    (iv) Las medidas precautorias que recayeren sobre bienes afectados por el deudor al giro de su negocio.

  • Restableció el procedimiento de salvataje de empresas conocido como “cramdown”, que había sido suspendido por la Ley Nº 25.563 hasta el 10 de diciembre de 2003.

  • Incorporó normas que permiten a los agentes fiduciarios de títulos emitidos en serie (debentures, obligaciones negociables, etc.), a solicitar en representación de los obligacionistas la verificación de sus créditos y fijó un procedimiento especial para estos casos, destinado a la obtención de las mayorías necesarias para la aprobación de la propuesta de pago del deudor.

  • Otorgó a los jueces mayores facultades que las otorgadas por el régimen anterior, que los habilita a homologar el acuerdo de pago celebrado por el concursado con los acreedores aún cuando no se reunieren las mayorías necesarias para su aprobación, y los faculta para rechazar el acuerdo en caso de advertir la existencia de fraude o abuso de derecho.

  • Modificó el régimen de los acuerdos preconcursales, extendiendo su obligatoriedad a los acreedores que no hubieren participado en su confección, asimilándose de ese modo sus efectos a los acuerdos de pago alcanzados en el marco de un concurso preventivo.

Las modificaciones más significativas incorporadas a la Ley de Concursos por la reciente Ley Nº 25.589 son las siguientes.

Período de Exclusividad: El artículo 1º de la Ley Nº 25.589 limitó a 120 días como máximo el término que había sido extendido por medio del artículo 2 de la Ley Nº 25.563 a 360 días también como máximo, para que la concursada formule propuestas de pago a los acreedores y obtenga y acredite las conformidades necesarias para su aprobación (denominado “período de exclusividad). La Ley Nº 24.522 en su...

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