Posible reforma impositiva

Date30 May 2003
Published date30 May 2003
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

Las principales medidas apuntarían a reducir progresivamente la alícuota del IVA y gravar con el impuesto a las ganancias la renta financiera que obtienen las personas físicas.

1. IVA - La alícuota general del IVA es del 21%. En una primera etapa se reduciría la alícuota a un 10,5% para los productos de la canasta básica y en una segunda etapa se buscaría una reducción de la alícuota general.

El Ministro Lavagna ya implementó esta medida cuando a través del Decreto Nº 2312/2002 redujo la alícuota del IVA al 19% para los hechos imponibles que se perfeccionaran entre el 18/11/2002 y el 17/01/2003.

2. Ganancias - Las personas físicas cuentan con varias exenciones por los resultados generados por sus inversiones financieras. Entre otras, se encuentran exentos del impuesto:

Inversión
Impuesto
Intereses de plazo fijo o caja de ahorro en Banco argentino 0%
Títulos Públicos argentinos (b) -Interés
-Resultado compraventa

0%
0%

Obligaciones Negociables que cumplen art. 36 Ley 23.576 -Interés
-Resultado compraventa
0%
0%
Títulos de deuda de Fideicomisos Financieros argentinos -Interés (c)
-Resultado compraventa
0%
0%

(a) Estas exenciones también se aplican a sujetos del exterior.
(b) Como elemento adicional, no se encuentran alcanzados por el impuesto sobre los bienes personales.
(c) El fideicomiso se constituyó para la titulización de activos, y los títulos fueron colocados por oferta pública.

Sin embargo, todavía no existen precisiones en cuanto al alcance de la derogación de las exenciones.

3. Impuesto sobre los débitos y créditos en cuentas bancarias - En un principio, un porcentaje de este impuesto podía ser computado como pago a cuenta de otros impuestos nacionales. Esta posibilidad fue derogada por el Decreto Nº 315/02. Se estaría analizando la posibilidad de reimplantar este mecanismo.

4. Tribunal Fiscal de la Nación - Este organismo es el encargado de entender, entre otras cuestiones, en los recursos de apelación que presentan los contribuyentes ante las determinaciones de impuestos y aplicación de multas que efectúe el fisco. Funciona dentro del Poder Ejecutivo Nacional y se encuentra compuesto por siete salas: cuatro con competencia impositiva y tres con competencia en materia tributaria. Se estudia aumentar la cantidad de salas de este Tribunal.

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