Prevención de lavado de activos. Sectores automotor e inmobiliario. Sociedades de capitalización y ahorro

Date27 March 2013
AuthorRoberto E. Silva (h.)
Published date27 March 2013
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

UIF N° 31/2012 con el fin de facilitar el cumplimiento de la política de “Conozca a su Cliente” aplicada a los sujetos obligados cuya actividad comercial sea: (a) la compraventa de automotores, camiones, motos, ómnibus y micro ómnibus, tractores, maquinaria agrícola y vial; y (b) la compraventa de bienes inmuebles. En particular, la resolución eleva el monto anual de las operaciones a partir de las cuales el sujeto obligado deberá solicitar información adicional a sus clientes respecto a su situación económica, patrimonial, financiera y tributaria. En efecto, para los casos de los sujetos obligados cuya actividad comercial es la compraventa de vehículos, el monto anual que antes era de trescientos mil pesos ($ 300.000) ahora pasa a ser de trescientos cincuenta mil pesos ($ 350.000). Por otro lado, para los sujetos obligados que se dedican a la compraventa de inmuebles, el monto anual fijado en seiscientos mil pesos ($ 600.000) se elevó a un millón de pesos ($ 1.000.000).

Por otro lado, la UIF dictó la Resolución N° 50/2013, derogando la Resolución UIF N°...

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