Se prorrogó el Plan de Regularización de Asociaciones Civiles

AuthorJulia Anabel Sainz,Gonzalo J. Fontana,Martina María Salimei
Published date03 June 2022
Date03 June 2022
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

Mediante Resolución General 5/2022 del 29 de abril de 2022, la Inspección General de Justicia (IGJ) prorrogó la vigencia del Plan de Regularización de Asociaciones Civiles, establecido por las Resoluciones Generales IGJ 37/2020, 04/2021 y 07/2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.

La norma modificó el artículo 4 de la Resolución General IGJ 37/2020 sobre la fecha límite de presentación de estados contables, y estableció que las entidades podrán presentar los correspondientes a los últimos cinco vencimientos anuales operados hasta la fecha de inicio del trámite.

El plan había sido establecido por la IGJ en 2020 en el marco de la pandemia de COVID-19 con el objetivo de que las asociaciones civiles comprendidas pudieran regularizar sin costo sus obligaciones ante dicho organismo. Este fue aprobado por la Resolución General 37/2020 y prorrogado por las Resoluciones Generales IGJ 4/2021, 7/2021 y, ahora, la 5/2022.

Veamos los antecedentes:

  1. Resolución General IGJ 37/2020

La Resolución 37/2020 aprobó el “Plan de Regularización de Asociaciones Civiles” destinado a asociaciones civiles de primer grado cuyo objeto principal fuera la promoción y atención de derechos económicos, sociales y culturales de grupos vulnerables y/o comunidades étnicas que presenten condiciones de pobreza y vulnerabilidad, o la promoción y atención de cuestiones de género, o la actuación como cooperadoras de establecimientos educativos, hospitalarios u otros que provean servicios a la comunidad, clubes sociales y deportivos, centros de jubilados, bibliotecas populares, espacios culturales independientes y organismos de derechos humanos.

La norma comentada prevé la gratuidad de la presentación de los siguientes trámites:

  • Presentación de los estados contables y las asambleas de asociados, correspondientes a los últimos 5 vencimientos anuales operados hasta la fecha mencionada.
  • Actualización de la inscripción de autoridades.
  • En caso de no tener libros rubricados y actualizada la inscripción de autoridades, podrán solicitar la rúbrica en forma conjunta con dicha inscripción.

Asimismo, aquellas asociaciones que se encuentren...

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