La Provincia de Santa Cruz crea un impuesto a la propiedad minera

AuthorLeonardo G. Rodríguez,Luis E. Lucero
Published date28 June 2013
Date28 June 2013
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

El 13 de junio de 2013, la Legislatura de la Provincia de Santa Cruz sancionó algunas modificaciones al Código Fiscal y a la Ley Impositiva provinciales, a través de la creación del impuesto al derecho real de propiedad inmobiliaria minera (el “IPIM”).

En líneas generales, el IPIM prevé:

(i) Contribuyentes - Son contribuyentes de este impuesto quienes posean el dominio sobre la concesión de una mina situada en el territorio de la Provincia de Santa Cruz.

(ii) Base Imponible - El IPIM se calculará con una alícuota del 1% sobre el valor de las reservas (técnica y económicamente explotables) que posea la mina, según su cotización en el mercado nacional o internacional, el que resulte mayor. El volumen de las reservas sobre las que se aplica el IPIM es el que surge del estudio de factibilidad y/o en los estados contables.

(iii) Pago - El IPIM se devengará desde el día 1 de enero del año en que se hubiera originado la obligación. La ley dispone su entrada en vigencia a partir del 1 de abril de 2012.

(iv) Venta - En los casos de venta de minas (independientemente del plazo de ejecución), tanto el propietario como el adquirente se considerarán contribuyentes y quedarán solidariamente obligados al pago del IPIM cuando no haya quedado formalizada la transmisión de la propiedad.

(v) Excepciones - Los siguientes sujetos están exentos del pago del IPIM: (a) los concesionarios que se encuentren en etapas de prospección o exploración, hasta tanto presenten el estudio de factibilidad; (b) los concesionarios de minas de segunda y tercera categoría (1) ; y (c) las sociedades del estado provincial y las sociedades comerciales con participación mayoritaria del Estado provincial. Todos los sujetos mencionados precedentemente deberán solicitar el reconocimiento de su exención ante la Secretaría de Ingresos Públicos provincial.

El IPIM no ha sido promulgado aún por el Poder Ejecutivo provincial, y por consiguiente, todavía no tiene vigencia. Sin embargo, según lo informado por medios periodísticos, el Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Cruz promulgaría y reglamentaría el IPIM a la brevedad.

Este nuevo impuesto creado en el ámbito de la...

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