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Servicios de computación en la nube en el sector financiero colombiano

Published date03 July 2019
Law FirmDentons, Cardenas & Cardenas

El 11 de marzo del presente año, la Superintendencia Financiera (en adelante SFC) publicó la Circular Externa 005 de 2019 (en adelante la Circular), llamada Reglas relativas al uso de servicios de computación en la nube. El ámbito de aplicación de las instrucciones impartidas en la Circular, se limita a los procesos misionales y de gestión contable y financiera que las entidades vigiladas pretendan soportar en servicios de computación en la nube.

De los puntos más importantes sobre la nueva reglamentación, está el periodo de transición para que las entidades vigiladas por la SFC se ajusten a las directrices impuestas, el cual fue definido como seis meses a partir de la fecha de publicación, es decir el 11 de septiembre de 2019. Además, también se estableció que, dentro de los 15 días anteriores al inicio del procesamiento de información en la nube, relacionada con procesos misionales o de gestión contable y financiera, las entidades vigiladas deben remitir a la SFC la información solicitada en el numeral sexto de la Circular.

La Circular establece lineamientos claros al momento de realizar la contratación de proveedores de servicios de computación en la nube para prestar servicios relacionados con el alcance de la Circular. Algunos de los más relevantes están enlistados a continuación:

  1. Incluye los requerimientos mínimos frente a las certificaciones de los proveedores, incluyendo las certificaciones ISO 27001, 27017 y 27018.
  2. Solicita la verificación de que las jurisdicciones donde se procesará la información cuenten con normas equivalentes o superiores a las aplicables en Colombia, relacionadas con...

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