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SII fija plazo para presentar declaraciones juradas para año tributario 2022

JurisdictionChile
Law FirmGarnham Abogados
Published date19 November 2021

El pasado 11 de noviembre, el Servicio de Impuestos Internos publicó la Resolución N° 128, en la que fija el plazo para presentar varias Declaraciones Juradas (DJ) para el año tributario 2022.
Entre estas declaraciones destacamos:

- DJ 1948 sobre retiros, remesas y/o dividendos u otras distribuciones y sus créditos correspondientes, efectuados por contribuyentes sujetos al Régimen Parcialmente Integrado (Art. 14 letra A de la Ley sobre Impuesto a la Renta) y al Régimen Pro-Pyme General (Art. 14 N°3 letra D de la Ley sobre Impuesto a la Renta) y sobre saldo de retiros en exceso, deberá presentarse:

  • 14 de marzo en caso de las sociedades anónimas abiertas.
  • 25 de marzo en caso de otras sociedades que tengan al menos un socio persona jurídica.
  • 30 de marzo en caso de sociedades que tengan solo socios personas naturales.
  • Hasta el 30 de abril y junto con el Formulario N° 22, en caso de empresarios individuales.

- DJ 1947 sobre Renta Imponible a tributar con impuestos finales, Créditos y PPMs, correspondiente a propietarios contribuyentes acogidos al Régimen Pro-Pyme Transparente (Art. 148 de la letra D de la Ley sobre Impuesto a la Renta) deberá presentarse:

  • 25 de marzo en caso de sociedades que tengan al menos un socio persona jurídica.
  • 30 de marzo en caso de sociedades que...

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