Se actualizan los umbrales de notificación y multas bajo Ley de Defensa de la Competencia

AuthorMiguel del Pino,Santiago del Río
Published date02 February 2022
Date02 February 2022
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

La Secretaría de Comercio Interior fijó en ARS 83,45 el valor para el 2022 de la unidad móvil definida en el artículo 85 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) N° 27442. La medida fue establecida mediante la Resolución 35/2022, del 31 de enero de 2022, publicada en el Boletín Oficial el 2 de febrero de 2022.

Conforme el nuevo valor de la unidad móvil, los montos establecidos en la LDC se incrementaron automáticamente como sigue:

Umbrales de notificación. Aquellas operaciones de concentración económica en las que la suma del volumen de negocio total del conjunto de empresas afectadas (grupo comprador y compañía objeto o empresas fusionadas) supere la suma de 100.000.000 unidades móviles, equivalentes a ARS 8.345.000.000 (USD 77.447.796 conforme el tipo de cambio relevante como se detalla más abajo*), en la Argentina deberán ser aprobadas por la Autoridad Nacional de la Competencia.

A. Si el volumen de negocios es generado por una subsidiaria argentina, recomendamos referirse a los estados contables que se encuentran expresados en moneda local y evitar, de esta forma, diferencias originadas en el tipo de cambio.

B. Cuando las ventas hayan sido efectuadas a través de importaciones al país y, por ende, se encuentren expresadas en moneda extranjera, deberá aplicarse el tipo de cambio vendedor publicado por el Banco de la Nación Argentina el día de cierre del ejercicio fiscal del año anterior. Para el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2021, el tipo de cambio fue USD 1 = ARS 107,75 (Fuente: Banco de la Nación Argentina).

Umbral de “de minimis”. En caso de que una notificación sea necesaria, la excepción “de minimis” podría aplicar si el monto de la operación y el valor de los activos situados en la Argentina que se absorben, adquieren, transfieren o controlan no superan, cada uno de ellos, la suma equivalente a 20.000.000 unidades móviles, equivalentes a ARS 1.669.000.000 (aproximadamente USD 15.138.322*). La excepción no aplica si en el plazo de 12 meses anteriores se efectuaron operaciones que, en conjunto, superan dicho importe o el de la suma equivalente a 60.000.000 unidades móviles, equivalentes a ARS 5.007.000.000 (aproximadamente USD 45.414.966*) en...

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