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Se adoptan lineamientos para el desarrollo de proyectos de generación de energía eléctrica con fuentes geotérmicas

Published date03 August 2022
Law FirmDentons, Cardenas & Cardenas

El 27 de julio de 2022, el Ministerio de Minas (“MME”) publicó el Decreto 1318 de 2022 (el “Decreto”) por medio del cual se define el procedimiento para solicitar los permisos de exploración y explotación para la generación de energía eléctrica a través de geotermia (“Energía Geotérmica”). El Decreto reglamenta los artículos 21 y 21-1 de la Ley 1715 de 2014 (modificada por la Ley 2099 de 2021) en aspectos relacionados con la adopción de lineamientos para incentivar la exploración y explotación de Energía Geotérmica y fomentar el conocimiento del subsuelo.

El Decreto define el procedimiento para solicitar los permisos de exploración y explotación de Energía Geotérmica, los detalles de inscripción en el registro geotérmico, y las actividades que se incluyen dentro de las fases de exploración y explotación del recurso. De igual forma, el Decreto define la información que debe reportar el desarrollador, las reglas de superposición de proyectos y de cesión de estos, así como el régimen sancionatorio.

De manera específica, resaltamos los siguientes aspectos del Decreto:

1. Modificación de la definición de registro geotérmico

Si bien la Ley 2099 de 2021 definió el registro geotérmico, el Decreto la modificó en el sentido de establecer que el registro geotérmico es el sistema de información físico y/o digital administrado por el MME donde se inscribirán los permisos de exploración y/o explotación para proyectos de generación de Energía Geotérmica. A partir de la mencionada inscripción, el interesado en desarrollar el proyecto de Energía Geotérmica (el “Desarrollador”) tendrá exclusividad frente a otros interesados para adelantar actividades de exploración y de explotación en el área delimitada.

2. El desarrollo de actividades para la generación de energía geotérmica se hará en dos (2) etapas
  1. Exploración: El Desarrollador adelantará actividades que contribuyan al conocimiento geológico, geofísico, geoquímico del área con el objeto de corroborar la existencia del recurso geotérmico mediante la perforación de pozos exploratorios. El Desarrollador deberá solicitar el permiso de exploración al MME por medio del cual se solicitará la delimitación el área de exploración (el “Permiso de Exploración”). Dicho permiso determinará las obligaciones y condiciones que el Desarrollador debe cumplir para que se puedan adelantar actividades de exploración, y deberá inscribirse y mantenerse vigente en el registro geotérmico para poder adelantar las actividades de...

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