Alcance de las limitaciones por pagos superiores a $ 1.000

AuthorWalter C. Keiniger,Gabriel Gotlib
Date29 August 2003
Published date29 August 2003
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

El 12 de agosto de 2003, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Nº 1547/03 dictada por la AFIP. Entre otras cosas, la norma derogó la Resolución General Nº 151/98, que había sido dictada en 1998 por dicho organismo. La norma derogada establecía que el pago de operaciones que superaran los $ 10.000 debía efectuarse mediante cheques nominativos, cheques de pago diferido, débito automático o tarjetas de crédito, de compra o de pago, compensación bancaria, etc. De lo contrario, no correspondía el cómputo de deducciones, créditos fiscales y demás efectos tributarios previstos por las normas.

Pero unos años más tarde, con la sanción de la denominada Ley de Prevención de la Evasión Fiscal Nº 25.345 (B.O. 17/11/2000), se había creado una contradicción. La referida ley establecía que los pagos superiores a $ 1.000 debían efectuarse utilizando alguno de los medios que detallaba la norma (depósitos en cuentas de entidades financieras, giros o transferencias bancarias, cheques o cheques cancelatorios, tarjetas de crédito, compra o débito, etc.). De lo contrario, los pagos no surtirían efectos...

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