Alcances de la reestructuración de entidades financieras en crisis frente a sus acreedores

Date27 April 2012
AuthorRoberto E. Silva (h.)
Published date27 April 2012
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

Con fecha 15 de marzo de 2011 la Corte Suprema de Justicia de la Nación (la “CSJN”) dictó sentencia en los autos “Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Comafi Fiduciario Financiero S.A. c/ Muravchik, Abraham Jaime” por la que resolvió que los honorarios regulados a la abogada de la actora en el juicio correspondiente a un crédito litigioso transferido a un fideicomiso no pueden ejecutarse contra la totalidad de los activos fideicomitidos cuando el fideicomiso fue constituido como consecuencia de la reestructuración de una entidad financiera en crisis conforme a las disposiciones del artículo 35 bis de la Ley de Entidades Financieras N° 21.526 y sus modificatorias (la “LEF”).

El Banco Patricios S.A. (“Banco Patricios”) inició un juicio ejecutivo con motivo de un pagaré librado por el demandado, dictándose sentencia de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución. Las costas se impusieron al demandado vencido.

Antes de iniciarse la ejecución del fallo el Banco Patricios fue reestructurado de acuerdo a las disposiciones del artículo 35 bis de la LEF. En ese marco, Banco Mayo S.A. asumió ciertos pasivos privilegiados y activos excluidos de Banco Patricios para luego constituir un fideicomiso financiero, cuyo fiduciario fue Comafi Fiduciario Financiero S.A. (el “Fiduciario”), al que transfirió esos activos (el “Fideicomiso”), entre los que se encontraba el crédito litigioso antes señalado.

Ante esta situación, la abogada que había asistido al Banco Patricios en el juicio consideró finalizada su tarea y pidió la regulación de sus honorarios profesionales. Luego intentó afectar la totalidad de los bienes fideicomitidos del Fideicomiso al cobro de esos honorarios por considerar que se trataban de un accesorio del crédito litigioso transferido.

La pretensión de la abogada fue acogida en primera y segunda instancias. Finalmente, la CSJN hizo lugar a la queja interpuesta por el...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT