Alerta Energía: El Ministerio de Energía y Minas establece medidas transitorias relacionadas con la comercialización de hidrocarburos líquidos en el territorio nacional

Published date07 December 2020
Law FirmRubio Leguía Normand
AuthorDaniela García Belaunde

Establecen medidas transitorias relacionadas con la comercialización de hidrocarburos líquidos en el territorio nacional

El día 4 de diciembre, se publicó en la edición extraordinaria del diario oficial “El Peruano”, la Resolución Ministerial N° 356-2020-MINEM/DM mediante la cual, se establecen diversas medidas transitorias relacionadas con la comercialización de hidrocarburos líquidos en el territorio nacional a fin de evitar una afectación al abastecimiento de Combustibles Líquidos en el territorio nacional. Ello, en atención a que el paro agrario y el bloqueo de las vías de acceso terrestre a los Terminales de Abastecimiento, imposibilitó a los principales agentes de Comercialización de Combustibles Líquidos de cumplir con las disposiciones relativas al porcentaje de mezcla de Alcohol Carburante con gasolinas.

Al respecto, se exceptúa el cumplimiento de la obligación de mantener existencias de combustibles líquidos estipulada en el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos (el “Reglamento”), aprobado por Decreto Supremo Nº 045-2001-EM, a los Productores y Distribuidores Mayoristas que tengan capacidad de almacenamiento propia o contratada en una Planta de Abastecimiento.

Asimismo, se exceptúa del cumplimiento de la...

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