Alerta Laboral: El Congreso dispone la devolución de los aportes realizados bajo el Decreto Ley N° 19990 administrados por la ONP

Published date04 December 2020
Law FirmRubio Leguía Normand

Se dispuso la devolución de los aportes realizados bajo el Decreto Ley N° 19990 administrados por la ONP

Mediante Ley N° 31083, publicada el día 4 de diciembre de 2020, se estableció, de manera excepcional y por única vez, el régimen especial facultativo de devolución de los aportes para los aportantes activos e inactivos bajo el Decreto Ley N° 19990 administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), conforme a lo siguiente:

¿Cuál es el ámbito de aplicación?

¿Cuál es el plazo para realizar la solicitud?

  • El plazo es de 90 días calendarios posteriores a la publicación de la presente ley, es decir, hasta el día 4 de marzo de 2021.

¿Cuál es el procedimiento establecido?

  1. Monto para el retiro:
  • Monto máximo: Hasta 1 UIT, o su equivalente a S/ 4,300.
  • Totalidad de los aportes: Únicamente para las personas que han aportado al SNP y que a los 65 años de edad o más no han logrado cumplir los requisitos para obtener pensión.

  1. Solicitud ante la ONP:
  • La ONP, en el plazo de 30 días hábiles de recibida la solicitud del aportante activo o inactivo, de manera física, presencial o remota, emite la conformidad de la misma.
  • A falta de pronunciamiento de la ONP en el plazo señalado, se aplica el silencio administrativo positivo.

  1. Plazos para hacer efectiva la devolución:
  • Entrega del 50% del monto solicitado: Dentro de los 30 días calendario siguientes a la conformidad de la solicitud que otorga la ONP.
  • El saldo restante del 50%: Dentro de los 90 días calendario posteriores al primer desembolso.

¿Qué disposiciones adicionales se establecen?

  • La devolución de los aportes mantienen la...

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