Asignación no remunerativa y procedimiento previo obligatorio para despidos sin causa

AuthorWalter Mañko,Mercedes Paola Forchiassin,Rodrigo Solá Torino
Published date28 November 2018
Date28 November 2018
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

Mediante el Decreto N° 1043/2018 (el “Decreto”), vigente desde su publicación en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo Nacional establece (i) el pago de una asignación no remunerativa (ANR) para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, y (ii) un procedimiento previo obligatorio para disponer despidos sin causa.

  1. Asignación no remunerativa (ANR)

La ANR dispuesta por el Decreto ascenderá a la suma de cinco mil pesos (ARS 5.000), y se deberá abonar de la siguiente forma:

a) el 50 % con los salarios de noviembre de 2018, pagaderos en diciembre de 2018; y

b) el 50 % restante con los salarios de enero de 2019, pagaderos en febrero de 2019.

Para aquellas actividades o sectores en "crisis especial" o "declinación productiva", el Decreto autoriza a las partes firmantes de los convenios colectivos de trabajo a acordar colectivamente diferentes montos o plazos para el pago.

Asimismo, el Decreto establece que las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo que hayan pactado colectivamente un incremento sobre los ingresos de los trabajadores, en concepto de revisión salarial de la pauta oportunamente acordada en la negociación colectiva del año 2018, podrán compensar aquel aumento con la suma total de la ANR prevista en el Decreto y hasta su concurrencia, salvo que acuerden expresamente su no absorción.

Por otro lado, las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo que aún no hayan pactado colectivamente un incremento en concepto de revisión salarial podrán establecer que la ANR se compute, hasta los cinco mil pesos, a cuenta de las sumas que pacten en concepto de revisión salarial de la pauta correspondiente a la negociación colectiva del año 2018.

En el caso de los empleadores que hayan otorgado unilateralmente otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 1 de enero de 2018, podrán compensarlos hasta su concurrencia con la suma de la ANR prevista por el Decreto.

Si se...

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