Aspectos laborales relevantes para empleados domésticos

Published date01 November 2022
AuthorSophia A. Lee de Siu
Law FirmBlogs Alemán, Cordero, Galindo & Lee
Trabajadores domésticos son los que prestan, en
forma habitual y continua, servicios de aseo, asis-
tencia u otros propios del hogar de una persona
o de miembros de una familia.
Las condiciones laborales de los trabajadores do-
mésticos están reguladas en el capítulo de Con-
tratos Especiales del Código de Trabajo, a partir
del artículo 230. Todo lo que no está tratado es-
pecíf‌icamente por estas normas especiales, se su-
jeta a las regulaciones aplicables a todos los tra-
bajadores en general, contenidas en los artículos
restantes del Código de Trabajo.
Los aspectos fundamentales en el trabajo do-
méstico son:
1. Horario de Trabajo: Los trabajadores domés-
ticos no están sujetos a un horario de trabajo.
En tanto, los trabajadores en general que pres-
tan servicios para una empresa privada tienen
una jornada ordinaria diaria de ocho (8) horas
en el turno diurno. El Código no establece
un número máximo de horas diarias de ser-
vicio para los trabajadores domésticos, pero
sí hace obligatorio un tiempo de descanso
absoluto de por lo menos nueve horas conti-
nuas, de 9:00 p.m. a 6:00 a.m., con un descan-
so semanal obligatorio de un (1) día completo.
2. Trabajo en días de f‌iesta o duelo nacional:
Cuando un trabajador doméstico presta
sus servicios en día de descanso o de f‌ies-
ta nacional, se le remunera con un recargo
del 100% sobre su salario diario, a diferen-
cia de un trabajador que labore para una
empresa privada en día f‌iesta o duelo na-
cional cuya remuneración contempla un
recargo del 150%s sobre su salario diario.
3. Terminación: El despido de todo trabajador,
sea este doméstico o no, se entiende injustif‌i-
cado y corresponde al empleador la carga de
probar la existencia de la causa justif‌icada de
despido. Conforme a la ley, todo despido ver-
bal es injustif‌icado. Los trabajadores domésti-
cos pueden ser despedidos sin causa, siempre
y cuando el empleador pague una indemniza-
ción, cuya tarifa contempla el Código de Tra-
bajo. Si el despido se realiza invocando una de
las causas justif‌icadas previstas en el artículo
213 del Código de Trabajo, el empleador debe
entregar una carta de despido que detalle la
fecha y hechos que fundamentan el despido.
4. Prestaciones – Derechos Adquiridos: El traba-
jador doméstico tiene derecho a las mismas
prestaciones que un trabajador de empresa
privada. Éstas son las siguientes:
-Prima de antigüedad
-Décimo tercer mes
-Vacaciones.
Visita: www.focusalcogal.com
Aspectos laborales
relevantes para
empleados domésticos
Autor: Sophia A. Lee de Siu abogada en Alcogal

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT