Clase 12. Subcontratación laboral. - Blogs Pumarino - Blogs - VLEX 905439530

Clase 12. Subcontratación laboral.

Published date28 January 2021
AuthorAndres Pumarino

En nuestra última clase tratamos el tema de la subcontratación laboral.

I. Introducción

El Código del trabajo define el régimen de subcontratación como “él realizado en virtud de un contrato de trabajo por un trabajador para un empleador, denominado contratista o subcontratista, cuando éste, en razón de un acuerdo contractual, se encarga de ejecutar obras o servicios, por su cuenta y riesgo y con trabajadores bajo su dependencia, para una tercera persona natural o jurídica dueña de la obra, empresa o faena, denominada la empresa principal, en la que se desarrollan los servicios o ejecutan las obras contratadas. Con todo, no quedarán sujetos a las normas de este Párrafo las obras o los servicios que se ejecutan o prestan de manera discontinua o esporádica.”

Estos son los requisitos

  1. Existencia de un contrato de trabajo entre el trabajador y el contratista o subcontratista. Quedan excluidos los servicios prestados a honorarios.
  2. Relación contractual entre el contratista y el dueño de la obra o faena. Se exige que la prestación de servicios bajo subiordniancoón y dependencia se realice respecto de un contratista quien en virtud de un contrato presta servicios por su cuenta y riesgo y con trabajadores de su dependencia a una pesona natural o jur´dicia, dueña de la obra, empresa o faena a quien se denomina mandante o empresa principal.
  3. Servicios que se preste en obra, empresa o faena del mandante. Este requisito supone que el servicio que prestan los trabajadores del contratista o subcontratista se realice físicamente en la empresa, obra o faena del mandante.

No aplica la Subcontratación:

  1. A los servicios se ejecutan de manera discontinua o esporádica
  2. Servicios que se limitan sólo a la intermediación de trabajadores da una faanea, se entendera que el plenadore esel dueño de oabra, empresa o faena.
  3. Queda excluida la construcción de edificaciones por precio prefijado, no aplican la responsabilidad subsidiarias cuando quien encargue la obra sea una persona natural.

Sujetos que participan en el régimen de subcontratación:
• Empresa principal
• Contratista y el subcontratista. – El contratista tiene relación directa con la empresa principal que le encarga el servicio determinado en el respectivo contrato. El subcontratista, por su parte, se relaciona solo con el contratista. Tanto el contratista como el subcontratista asumen sus riesgos empresarial, esto es desarrollan su gestión operativa y técnica , entrega las instrucciones a sus trabajadores y pagar sus...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT