Código Procesal Civil y Comercial: Anteproyecto de reforma parcial

Date06 August 2019
AuthorSantiago Jose Torino,Leandro M. Castelli
Published date06 August 2019
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

El flamante Anteproyecto, recientemente presentado en el marco del Programa “Justicia 2020”, debe transitar aún el largo camino parlamentario, pero cabe destacar que resultan novedosas varias de sus propuestas.

Propone una reforma parcial del Código Procesal vigente, ya que se mantienen varias normas, con 667 artículos divididos en cinco libros (contra los 784 artículos y siete libros del actual Código).

El Anteproyecto busca lograr la inmediación del juez con las partes, los sujetos intervinientes y el material de conocimiento. También pretende concentrar la actividad jurisdiccional, ya que le agrega oralidad al proceso y a las audiencias.

Consideramos importante destacar las siguientes novedades:

  1. Se elimina la recusación sin expresión de causa.
  2. Solamente se podrá notificar por cédula “papel” la primera notificación al sujeto a notificar, la citación de terceros y de aquellas personas que no han sido tenidas como partes.
  3. Las comunicaciones dirigidas a autoridades judiciales extranjeras se harán por oficio (a diferencia del engorroso exhorto).
  4. Se incorpora la audiencia de vista de causa, la cual deberá ser dirigida en forma indelegable por el juez. En ella, los abogados podrán interrogar directa y libremente a la contraparte, a los testigos y a los peritos. Las demás pruebas, cuya producción sea previa a esta audiencia, deberán adjuntarse hasta diez días antes de su celebración.
  5. La prueba pericial estará a cargo de un perito único designado de común acuerdo entre las partes o, a falta de este, de oficio, salvo cuando una ley establezca un régimen distinto.
  6. El pedido de explicaciones al perito se realizará durante la audiencia de vista de causa, en la que pueden...

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