Competencia para revisar sanciones ambientales impuestas a industrias ubicadas en la Cuenca Matanza-Riachuelo

AuthorFrancisco A. Macías,Gabriel Alejandro Fortuna
Date31 July 2014
Published date31 July 2014
Law FirmMarval O'Farrell Mairal
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió (1) que las sanciones impuestas por la autoridad ambiental de la Provincia de Buenos Aires (“OPDS”) a industrias ubicadas en la Cuenca Matanza-Riachuelo podrán ser recurridas ante el mismo tribunal designado por la Corte Suprema para la ejecución de su decisión en la causa “Mendoza” (2), esto es, el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 2 de Morón (el “Juzgado Federal de Morón”).
La decisión fue dictada en un caso relacionado con multas impuestas por el OPDS a una curtiembre -cuyas instalaciones estaban ubicadas en el Partido de Lanús- por infracciones a las normas que regulan la gestión de residuos especiales en dicha Provincia (3). Su titular recurrió las multas por medio del recurso de apelación previsto en dicha regulación (4) y las actuaciones fueron elevadas a un juzgado provincial (5).
El tribunal provincial se declaró incompetente para entender en el recurso argumentando que la empresa se ubicaba en la Cuenca Matanza-Riachuelo y que la misma está sujeta al control de la ACUMAR, autoridad creada por la Ley nacional 26.168. Además, el juzgado provincial entendió que lo dispuesto en el fallo “Mendoza” resultaba aplicable al caso. Por estas razones, el juzgado concluyó que el recurso de apelación contra las sanciones del OPDS tenía que ser resuelto por el mismo tribunal que la Corte Suprema había designado para ejecutar la sentencia en el caso “Mendoza”, es decir, el Juzgado Federal de Morón.
Sin embargo, el Juzgado Federal de Morón se declaró incompetente argumentando que los tribunales federales no tienen competencia para revisar las sanciones impuestas por una autoridad provincial como es el OPDS. De esta manera, el conflicto negativo de competencia entre los juzgados provincial y federal fue elevado a la Corte Suprema.
El Procurador Fiscal ante la Corte opinó que el recurso de apelación debía ser resuelto por el juzgado provincial ya que no se trataba de un caso donde existiera...

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