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Compliance – Informe 75: Integración del informe 50 y del informe 52

Published date19 September 2023
AuthorAlejandra Villada
Law FirmLloreda Camacho & Co

INFORME 75: INTEGRACIÓN DEL INFORME 50 Y DEL INFORME 52

La Superintendencia de Sociedades emitió la Circular Externa No. 100-000003, la cual introduce importantes cambios en la presentación de informes para las empresas consideradas Sujetos Obligados a implementar Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (“SAGRILAFT”), el Régimen de Medidas Mínimas del SAGRILAFT y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (“PTEE”), según los Capítulos X y XIII de la Circular Básica Jurídica.

Una de las novedades más destacadas es la integración del Informe 50 y el Informe 52 en el nuevo Informe 75. Esta medida busca simplificar los procesos y hacer más eficiente la presentación de información relevante.

Si tu empresa está clasificada como Sujeto Obligado a contar con SAGRILAFT y/o PTEE, es importante que tomes nota de los siguientes plazos para la presentación del Informe 75 con corte al 31 de diciembre de 2022:

INFORME 75 CON CORTE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2022
ÚLTIMOS DOS (2) DÍGITOS DEL NIT SIN DIGITO DE VERIFICACIÓN (DV) PLAZO MÁXIMO PARA EL ENVÍO DE INFORMACIÓN
01 – 10 Lunes, 23 de octubre
11 – 20 Martes, 24 de octubre
21 – 30 Miércoles, 25 de octubre
31 – 40 Jueves, 26 de octubre
41 – 50 Viernes, 27 de octubre
51 – 60 Lunes, 30 de octubre
61 – 70 Martes, 31 de octubre
71 – 80 Miércoles, 1 de noviembre
81 – 90 Jueves, 2 de noviembre
91 – 00 Viernes, 3 de noviembre


Para futuros cortes y años, se deberán tener en cuenta los siguientes plazos, basados en los dos (2) últimos dígitos del NIT del Sujeto Obligado:

INFORME 75 PARA CORTES Y AÑOS SIGUIENTES
ÚLTIMOS DOS (2) DÍGITOS DEL NIT SIN DIGITO DE VERIFICACIÓN (DV) PLAZO MÁXIMO PARA EL ENVÍO DE INFORMACIÓN
01 – 10 Décimo primer día hábil del mes de julio
11 – 20 Décimo segundo día hábil del mes de julio
21 – 30 Décimo tercero día hábil del mes de julio
31 – 40 Décimo cuarto día hábil del mes de julio
41 – 50 Décimo quinto día hábil del mes de julio
51 – 60 Décimo sexto día hábil del mes de julio
61 – 70 Décimo séptimo día hábil del mes de julio
71 – 80 Décimo octavo día hábil del mes de julio
81 – 90 Décimo noveno día hábil del mes de julio
91 – 00 Vigésimo día hábil del mes de julio

La circular también fijó los plazos y requisitos en relación con el Informe 42 – Prácticas Empresariales, el cual deberá ser presentado anualmente por las sociedades que se encuentren bajo vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades[1]...

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