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CONTRALORÍA ESTABLECE QUE TRABAJADORAS A HONORARIOS DE SERVICIOS PÚBLICOS TIENEN DERECHOS DE PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD

JurisdictionChile
Law FirmGarnham Abogados
Published date11 June 2019

El pasado 30 de mayo la Contraloría publicó un dictamen en que señala que las mujeres que prestan servicios a honorarios para la administración del Estado y que cotizan para los distintos regímenes de protección social, tienen derecho a acceder a las coberturas que ellos otorgan, incluyendo los beneficios que corresponden a la maternidad.

Por Álvaro Varas, asociado Garnham Abogados.

Este dictamen reconsidera una decisión que se había mantenido invariable desde 1962, aceptando la posibilidad de que las trabajadoras contratadas a base de Honorarios en los Servicios Públicos pudieren ser objeto de las normas de protección de la maternidad consagradas en el Código del Trabajo.

Para ello, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1.- Ser contratada en virtud del inciso segundo del artículo 11 del Estatuto Administrativo, esto es, para cometidos específicos, pero de naturaleza habitual en la institución.
2.- Cotizar para los distintos regímenes de protección social.

Entre estos beneficios se incluye el fuero maternal, el que según lo establecido en el dictamen N°20.921 de 2018, debe asimilarse a las condiciones de un contrato a plazo fijo.

El nuevo análisis de la Contraloría toma en consideración la evolución de la normativa, jurisprudencia y principios involucrados, los que han tendido a expandir las normas de protección a la maternidad a todo trabajador.

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