Control de las cuentas de e-mail en el lugar de trabajo y protección de datos. Aspectos relacionados

Date11 March 2008
AuthorDiego S. Kelly,Enrique M. Stile
Published date11 March 2008
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

Actualmente, no existe regulación específica en la Argentina respecto de las comunicaciones electrónicas en el lugar de trabajo, que pueda obligar al empleador en tal sentido.

Por otro lado, la protección de datos personales se encuentra regulada en términos generales en nuestro país, específicamente si se trata de información personal de los empleados en posesión del empleador.

Intentaremos en los párrafos subsiguientes efectuar una visión general de las facultades que tiene el empleador a los fines de controlar la información intercambiada desde y hacia la compañía, así como el alcance que pueda hacerse respecto del uso de la mencionada información.

Monitoreo de e-mails por parte del empleador

La ley laboral argentina se basa en el principio de la “buena fe”, el que debe ser observado por ambas partes durante el lapso que perdure la relación laboral. Por lo tanto, podrá interpretarse que la implementación de una política corporativa relacionada con las comunicaciones electrónicas quedará comprendida dentro del deber de buena fe al que debe atenerse el empleado, lo que le otorgará al empleador la protección de su imagen.

En ese contexto, el empleador tendrá la autoridad de dirigir y organizar su negocio y cualquier empleado deberá observar las instrucciones del empleador respecto del trabajo a ser llevado adelante. Una política corporativa en relación a comunicaciones electrónicas en el lugar de trabajo podría considerarse incluida dentro de la facultad del empleador de dirección y organización. La instrumentación de políticas en tal sentido es de actual práctica a nivel mundial, incluyendo Argentina.

Los empleados deben ser informados y advertidos de que el uso incorrecto de las herramientas de comunicación podría conllevar a medidas disciplinarias o incluso al despido con causa en caso de uso incorrecto en forma continuada. En tal sentido, la ley laboral argentina le otorga la facultad al empleador de aplicar sanciones, siempre que éstas guarden proporción con el incumplimiento.

Sin perjuicio de ello, la Constitución Nacional le otorga especial protección a la correspondencia y papeles privados, considerándolos inviolables, como así también el Código Civil argentino otorga derecho a los individuos cuyos derechos de privacidad hubieran sido arbitrariamente violados, a requerir la cesación de aquellos actos y a solicitar compensación por ello. Si los e-mails laborales se consideraran alcanzados por este tipo de protección, el monitoreo unilateral por...

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