Convoyes de empuje – Nueva limitación a las dimensiones máximas

Date18 December 2013
AuthorAlberto C. Cappagli,Elías F. Bestani
Published date18 December 2013
Law FirmMarval O'Farrell Mairal
En uso de las facultades para regular la navegación en aguas de jurisdicción nacional que le otorgan los artículos 89 y 91 de la Ley de Navegación (Ley N° 20.094) y el artículo 5, inc. a) ap. 2) de la Ley General de la Prefectura Naval Argentina (Ley N° 18.398) la Prefectura Naval Argentina (“PNA”) dictó la Disposición Rpol. 008 N°01/2013 (la “Disposición”), que limitó a 236 metros de eslora y 50 metros de manga las dimensiones máximas de los convoyes de empuje que navegan por el Río Paraná Guazú, el Río Paraná Bravo y el Pasaje Talavera.
La PNA, en los considerandos, motivó el dictado de esta Disposición en el objetivo de “lograr un mejor ordenamiento del tráfico” tomando en cuenta la “sinuosidad y restricciones de las vías de navegación de los tramos considerados”, además de optimizar la eficiencia en la gestión del tráfico a través de la estandarización de sus medidas máximas.
Además de limitar las dimensiones de los convoyes de empuje, la Disposición establece que el capitán deberá adoptar las medidas necesarias a fin de resguardar la seguridad del convoy a su mando y la de terceros, y dispone que el convoy se debe mantener fuera de canal principal de navegación cuando éste sea utilizado por buques con capacidad de maniobra restringida por su calado.
La Disposición entró en vigencia el 7 de noviembre de 2013.
Es importante destacar que la Argentina, mediante la Ley N° 24.385, aprobó el Acuerdo de la Hidrovía Paraguay–Paraná, que regula la navegación y transporte comercial fluvial longitudinal en la hidrovía que constituyen los ríos Paraná y Paraguay.
En el Reglamento Único de Dimensiones de los Convoyes (artículo 2.1), que forma parte del cuerpo...

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