La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordena sanear la cuenca Matanza - Riachuelo

AuthorRicardo A. Ostrower,Francisco A. Macías
Published date08 August 2008
Date08 August 2008
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

El 8 de julio de 2008 la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en instancia originaria, dictó sentencia en el caso “Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/daños y perjuicios” (en adelante la “causa Mendoza”). El más alto Tribunal de la República, justificado en que la recomposición y prevención de daños al ambiente obliga al dictado de decisiones inmediatas, definitivas y eficaces, dictó sentencia definitiva en relación a la recomposición de la Cuenca Matanza-Riachuelo y a la prevención por los daños futuros, ordenando que la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo[1] (en adelante la “Autoridad de Cuenca”) ejecute el Plan Integral para el Saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo (en adelante el “Plan”) que la misma Autoridad de Cuenca había presentado ante este Tribunal como respuesta a la problemática ambiental existente. Por otra parte, la sentencia dispuso mantener abierta la instancia en lo que respecta a la reparación del daño colectivo para determinar las eventuales responsabilidades patrimoniales de los demandados.

Los aspectos más importantes del fallo se pueden resumir:

1. La Autoridad de Cuenca deberá ejecutar el Plan

Después de explicar que la sentencia dictada es definitiva respecto de la recomposición del ambiente afectado y tiene efectos hacia el futuro, en cuanto a la prevención del daño la Corte Suprema ordena que la Autoridad de Cuenca ejecute el Plan, programa de limpieza de la cuenca preparado por el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que fue objeto de análisis y debate en el marco de la presente causa judicial con el asesoramiento de diferentes departamentos de la Universidad de Buenos Aires.

En el marco de dicha decisión, la Corte Suprema establece un procedimiento para ejecutar el Plan. Entre los aspectos más importantes, sobresalen: (i) la fijación de plazos de cumplimento de las distintas etapas del Plan a cargo de la Autoridad de Cuenca; (ii) la orden de publicar en un sistema de información pública digital toda información sobre el desarrollo del Plan; (iii) la realización obligatoria de inspecciones en todas las empresas radicadas en la cuenca Matanza-Riachuelo; (iv) la identificación de aquellas industrias que se consideren contaminantes; (v) la presentación en forma pública, actualizada trimestralmente, del estado del agua y de las napas subterráneas, además de la calidad del aire; (vI) la presentación en forma pública, detallada y fundada del proyecto de...

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