La Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelve un tema vinculado con el impuesto de sellos

AuthorWalter C. Keiniger,Gabriel Gotlib
Date31 May 2004
Published date31 May 2004
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

El 15 de abril de 2004 la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió un tema referido al impuesto de sellos que ha sido objeto de numerosas controversias durante los últimos años. Se trata de la aplicabilidad o no del impuesto a ofertas cursadas por una parte y aceptadas por la otra en forma tácita. La Corte se pronunció por la inaplicabilidad del tributo en esos casos, en tres causas similares: “Shell Compañía Argentina de Petróleo S.A. c/ Neuquén, Provincia del s/ acción de inconstitucionalidad”, “Yacimientos Petrolífieros Fiscales S.A. c/ Tierra del Fuego, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad” y “Transportadora de Gas del Sur Sociedad Anónima (TGS) c/ Santa Cruz, Provincia de s/ acción declarativa de certeza”.

Conforme surge de los hechos relatados en las respectivas sentencias, en la primera de las causas, Shell había contratado la compra de petróleo con Pluspetrol Exploración y Producción S.A., emitiendo una oferta de adquisición de petróleo por escrito. Posteriormente, la vendedora entregó los bienes requeridos en la oferta, lo que se interpretó como una aceptación de hecho o tácita. En la segunda de las causas, YPF había remitido (junto con otras empresas) una propuesta de venta de gas natural por escrito a Methanex Chile Limited, una sociedad con domicilio en Canadá. La oferta preveía que la propuesta se consideraría aceptada si Methanex depositaba una suma de dinero en la cuenta bancaria identificada en la oferta. En la tercera causa, TGS había recibido propuestas escritas para efectuar transporte de gas por parte de ciertas empresas, que fueron aceptadas en forma tácita.

En primer lugar, la Corte Suprema entendió que las pretensiones de los fiscos provinciales contrariaban sus respectivos códigos fiscales...

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