Mediante Decreto No. 645, de fecha 10 de enero de 2023, el Presidente Constitucional de la República del Ecuador -Guillermo Lasso Mendoza-, decreta reducir la tarifa del Impuesto a los Consumos Especiales – ICE que se encuentra en el artículo 82 de la Ley del Régimen Tributario Interno. A continuación, los detalles:
- Para fortalecer la seguridad ciudadana y la lucha contra el contrabando y la informalidad, la tabla del Grupo I se reforma de la siguiente manera:
| GRUPO I TARIFA AD VALOREM | |
| DESCRIPCIÓN | TARIFA |
| Tabaco de los consumibles de tabaco calentado y líquidos que contengan nicotina a ser administrados por medio de sistemas de administración de nicotina. | 50% |
| Armas de fuego, armas deportivas y municiones. | 30% |
2. La tabla del Grupo II se reduce de la siguiente manera:
| GRUPO II TARIFA AD VALOREM | |
| DESCRIPCIÓN | |