La deducción del Impuesto sobre los Bienes Personales en el Impuesto a las Ganancias

AuthorGabriel Gotlib,Walter C. Keiniger
Published date16 March 2007
Date16 March 2007
Law FirmMarval O'Farrell Mairal
Conforme surge de los hechos relatados en la sentencia de la Cámara y del Tribunal Fiscal de la Nación, el contribuyente pagó el Impuesto sobre los Bienes Personales por las acciones que poseía en una sociedad local y lo dedujo como gasto en el Impuesto a las Ganancias en los años 1997 y 1998. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) rechazó la deducción por entender que las acciones por las cuales se había pagado el impuesto no habían generado ganancias gravadas para el contribuyente y que, consecuentemente, el impuesto pagado no constituía un gasto vinculado con una ganancia gravada El contribuyente apeló la determinación de oficio ante el Tribunal Fiscal de la Nación, que, en julio de 2004, resolvió a su favor y revocó la determinación fiscal. Si bien el razonamiento del Tribunal Fiscal no es del todo claro, parecería sostener que las acciones generaron ganancias para el contribuyente y como la Ley del Impuesto a las Ganancias permite deducir los impuestos que recaen sobre bienes generadores de ganancias, el Impuesto sobre los Bienes Personales resulta deducible. También sostuvo...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT