Digesto Jurídico Argentino

Published date31 October 2011
Date31 October 2011
AuthorMaría Lorena Schiariti
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

1. Antecedentes

Para poner en contexto el Proyecto, cabe señalar que en el año 1998 se dictó la Ley N° 24.967 que fijó los principios y procedimientos para la realización de un régimen de consolidado de leyes nacionales vigentes a través de la elaboración y aprobación del Digesto Jurídico Argentino (el “Digesto”).

La Ley N° 24.967 estableció que el Digesto debía contener: (i) las leyes nacionales generales vigentes y su reglamentación, (ii) un anexo de derecho positivo no vigente y (iii) un anexo con las normas dictadas por organismos supraestatales de los que la Argentina fuese parte.

Respecto a la legislación no vigente, la Ley N° 24.976 establece que se considerarán como derecho histórico con valor jurídico equivalente al de los principios generales del derecho en los términos del artículo 16 del Código Civil.

La Ley N° 24.967 estableció que las leyes que integrarían el Digesto se iban a identificar con una letra correspondiente a la rama de la ciencia del derecho a la que corresponden y estableció las siguientes ramas: A) Administrativo; B) Aduanero; C) Aeronáutico - Espacial; D) Bancario, Monetario y Financiero; E) Civil; F) Comercial; G) Comunitario; H) Constitucional; I) de la Comunicación; J) Diplomático y Consular; K) Económico; L) Impositivo; M) Industrial; N) Internacional Privado; O) Internacional Público; P) Laboral; Q) Medio Ambiente; R) Militar; S) Penal; T) Político; U) Procesal Civil y Comercial; V) Procesal Penal; W) Público Provincial y Municipal; X) Recursos Naturales; Y) Seguridad Social; Z) Transporte y Seguros.

La Ley N° 24.967 estableció que el Poder Ejecutivo tendría a su cargo la confección del Digesto para lo cual debía designar una comisión de juristas.

Finalmente, la Ley N° 24.967 estableció que todas las normas se renumerarán y que con la aprobación del Digesto se entenderían como derogadas todas las normas que no se hubieran incorporado a él. A partir de la sanción del Digesto las leyes a dictarse se insertarán automáticamente en el mismo.

2. El Proyecto

(i) La normativa vigente

La realización del Digesto es una oportunidad para contar con un listado de normativa vigente y con los textos ordenados de tales normas a la fecha de su aprobación.

El Proyecto aprueba un Anexo I con normativa clasificada vigente que incluye distintos listados de normas.

Este Anexo I presenta cuestiones llamativas y/o cuestionables. Por ejemplo, la declaración de vigencia de la vieja Ley de Contabilidad, Decreto Ley N° 23.354, cuyo articulado fue...

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