Directrices para el retorno progresivo y seguro a las actividades presenciales en el sector privado

Published date25 August 2021
Law FirmSempertegui Abogados

El Ministerio de Trabajo-MDT expidió el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2021-214 con el fin de establecer las medidas para la reincorporación segura a las actividades laborales presenciales. Este Acuerdo incorpora las disposiciones de la Guía y Plan General para el Retorno Progresivo y Seguro a las Actividades Laborales Presenciales Nro. MTT6-003 (en adelante Plan de Regreso Progresivo), del 29 de junio de 2021, aprobada por el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE-N). Este plan tiene aplicación tanto en el sector público como en el sector privado, donde empleadores y máximas autoridades de las instituciones públicas se sujetarán a los lineamientos detallados. Las Unidades de Seguridad y Salud de los centros de trabajo o quienes hicieren sus veces, realizarán los protocolos de seguridad y salud frente a la COVID-19 y brindarán las capacitaciones necesarias para que los trabajadores las conozcan.

Generalidades

Los empleadores y la máxima autoridad tendrán la potestad de determinar el número de trabajadores que se reintegrarán a las actividades de manera presencial, siempre que no contravengan lo determinado en el Plan de Retorno Progresivo. Los trabajadores con condición agravante definida por el Plan de Retorno Progresivo deberán reincorporarse al trabajo a los 14 días de colocada la dosis única o segunda dosis, según corresponda a la vacunada aplicada. Quienes tengan bajo su cuidado a una persona con la condición antes mencionada de igual forma retornarán en el tiempo indicado, cuando la persona a su cargo haya sido inoculada.

Para aquellos trabajadores cuya condición agravante persista a pesar de estar inmunizados, así como en el caso de quienes cuidan una persona con esta condición, se mantendrán en modalidad de teletrabajo. Para esto deberán obtener un el certificado por parte del médico ocupacional o el centro de salud que determine el empleador, mismo que deberá estar acreditado por el Ministerio de Salud.

El Ministerio del Trabajo realizará las verificaciones necesarias y sancionará con un salario básico unificado a todo empleador que incumpla con este Acuerdo Ministerial. Todo aquello que no este regulado por el Acuerdo Ministerial se sujetara al Plan de Retorno Progresivo.

Aspectos importantes de la Guía y Plan General para el Retorno Progresivo y Seguro a las Actividades Laborales Presenciales

El Ministerio de Trabajo emitirá los acuerdos necesarios para la aplicación del Plan de Retorno Progresivo y la máxima autoridad del COE...

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