Economía del conocimiento: se reglamenta el régimen de fomento de inversiones para exportaciones

AuthorRoberto E. Silva (h.),María Inés Brandt,Francisco Abeal,Iara Duer
Published date22 December 2022
Date22 December 2022
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

El 6 de octubre del 2022, mediante el Capítulo I del DNU N° 679/2022, se creó el “Régimen de fomento de inversiones para exportaciones de las actividades de la economía del conocimiento”. Este establece un beneficio para nuevos proyectos o ampliación de proyectos existentes que involucren el desarrollo de actividades de la economía del conocimiento y contribuyan a incrementar las exportaciones inherentes al sector.

A su vez, el Capítulo II del Decreto estableció un incentivo para sujetos que acrediten haber incrementado sus exportaciones respecto de las actividades promovidas en dicho Régimen.

Para mayor información sobre este Régimen, sugerimos la lectura del presente artículo:

https://www.marval.com/publicacion/asi-funciona-el-nuevo-regimen-de-fomento-de-inversion-para-exportaciones-de-actividades-de-economia-del-conocimiento-14327.

La Resolución N° 234/2022 de la Secretaría de Economía del Conocimiento reglamentó dichos regímenes, y estableció y clarificó ciertos aspectos vinculados a su implementación y alcance. Esta estará vigente a partir del 6 de diciembre del 2022,

Las características más salientes de la Resolución son las siguientes:

  1. “Régimen de fomento de inversiones para exportaciones de las actividades de la economía del conocimiento”.

Inversiones elegibles. La Resolución aclara que se considera inversión elegible para la exportación a toda inversión que, cumpla con los requisitos previstos en los Artículos 2° y 3° del Decreto e implique mejoras y optimización en la capacidad exportadora del solicitante.

Las inversiones elegibles deben encontrarse comprendidas en las siguientes categorías:

  1. Inversiones en infraestructura.

  1. Inversiones en bienes de capital.

  1. Inversiones en capital de trabajo.

Asimismo, se considerarán los salarios del personal en relación de dependencia y honorarios profesionales.

Es importante remarcar que los bienes adquiridos deberán permanecer afectados al proyecto promovido durante toda su ejecución. El beneficiario deberá informar cualquier desafectación y/o reemplazo de los mismos.

Vinculación. Los proyectos podrán ser presentados y llevados a cabo por más de una empresa sin necesidad de vinculación societaria entre sí.

Reducciones del monto mínimo. Se establece una reducción del monto mínimo de inversión del 15 % para proyectos que contemplen alguno de los supuestos que a continuación se indican. Se reducirá en 20 % si la solicitante acredita cumplir con más de uno:

  1. Proyectos de...

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