Eliminación de restricciones a las exportaciones de petróleo crudo

AuthorRicardo W. Beller
Date31 July 2002
Published date31 July 2002
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

1. Introducción

Debido a la reciente devaluación del peso argentino y a las restricciones para transferir fondos al exterior, la exportación de petróleo crudo se ha vuelto cada vez más atractiva para los productores locales. El mercado local ofrece precios en pesos significativamente inferiores a los precios internacionales en dólares estadounidenses, y los pagos realizados localmente a los productores quedan atrapados en el “corralito” del sistema financiero argentino.

En particular, el suministro de gasoil se ha vuelto insuficiente. El gasoil es crucial para el transporte y los sectores agricultores argentinos. A través de los años, el gasoil ha sido subsidiado mediante un tratamiento impositivo más favorable comparado con el de la nafta. Esto ha provocado un consumo artificialmente alto de gasoil en la Argentina y la necesidad de importar gasoil para satisfacer la demanda local.

Desde abril de 1991 hasta enero de 2002 el peso argentino era convertible en dólares estadounidenses a razón de uno a uno. El valor del dólar se ha incrementado hasta casi $4 (400%) durante el primer semestre de 2002. Los precios locales de gasoil solamente se incrementaron en casi un 100%, desde $0,57 hasta $1,1 por litro aproximadamente. A precios internacionales pagaderos en dólares estadounidenses, el gasoil se volvió demasiado caro para importar y, en consecuencia, el suministro decreció.

2. Restricciones a las exportaciones

Para asegurar que el suministro de gasoil sea suficiente, el gobierno argentino tomó varias medidas, incluyendo el requerimiento que las operaciones de exportación de gasoil, gas licuado de petróleo y petróleo crudo fueran registradas ante la Secretaría de Energía y encuadraran dentro de ciertos lineamientos.

Por Decreto Nº 645/2002 el Poder Ejecutivo Nacional creó el Registro de Contratos de Operaciones de Exportación en el ámbito de la Secretaría de Energía. A partir de la fecha de entrada en vigencia de este Decreto, la Dirección General de Aduanas requiere una constancia de registro de exportación expedida a través de la Subsecretaría de Combustibles que se constituye en parte integrante de la documentación de exportación que deberá presentarse a los efectos del despacho de una exportación de gasoil.

El Poder Ejecutivo Nacional luego emitió el Decreto Nº 867/2002 : (i) declarando la emergencia en el abastecimiento de hidrocarburos en todo el territorio nacional desde el 24 de marzo de 2002 hasta el 30 de septiembre de 2002, (ii) incluyendo al gas...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT