Importantes cambios en el régimen de reaseguros

AuthorPablo S. Cereijido
Date05 May 2017
Published date05 May 2017
Law FirmMarval O'Farrell Mairal

El 4 de mayo de 2017 se publicó la Resolución N° 40422-E/2017 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (“SSN”) que modificó sustancialmente el marco reglamentario del régimen de reaseguros. Mencionamos a continuación algunos de los principales cambios.

Capital mínimo para operar en reaseguros
El capital mínimo exigido a las reaseguradoras locales y a las aseguradoras constituidas y autorizadas al 31/7/2016 para operar en el ramo reaseguro, aumentó de AR$300 millones a AR$350 millones.
Los plazos previstos en el régimen de Adecuación Gradual de Capitales Mínimos de dichas reaseguradoras y aseguradoras (ver “Aseguradoras y reaseguradoras: Extensión de plazos intermedios para acreditar el capital mínimo para operar”, publicado en Insurance News N° 2 del 20/3/2017) fueron extendidos, con excepción del primero que venció el 31/3/2017, fecha en la cual debió acreditarse el capital de AR$60 millones. Los siguientes tres vencimientos serán el 31/12/2017 (antes era el 30/6/2017) para acreditar AR$130 millones, 31/12/2018 (antes era el 30/9/2017) para acreditar AR$250 millones (el valor anterior para esta etapa del esquema eran AR$200 millones) y, finalmente, 31/12/2019 (antes era el 30/6/2018) para acreditar el total de AR$350 millones (el valor total anterior eran AR$300 millones).


Fechas

Monto a acreditar

Según norma anterior

Según norma vigente

31/03/2017

AR$60 millones

AR$60 millones

30/06/2017

AR$130 millones

-

30/09/2017

AR$200 millones

-

31/12/2017

-

AR$130 millones

30/06/2018

AR$300 millones

-

31/12/2018

-

AR$250 millones

31/12/2019

-

AR$350 millones

Las entidades que se hubiesen acogido a este régimen de Adecuación Gradual de Capitales Mínimos deberán presentar la documentación certificada que acredite tal decisión, adoptada por su órgano de administración, junto con la presentación de los estados contables cerrados al 31/3/2017, en los que deberá dejarse nota y acompañar un informe de auditoría.
En caso de no haberse adherido al mencionado régimen de Adecuación Gradual de Capitales Mínimos, ni haber acreditado el capital mínimo requerido, tales reaseguradoras locales y aseguradoras con ramo reaseguro podrán presentar un Plan...

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